Sentencia nº 0199 de Tribunal Supremo de Justicia - Juzgado de Sustanciación - Sala de Casación Civil de 29 de Febrero de 2008

Fecha de Resolución29 de Febrero de 2008
EmisorJuzgado de Sustanciación - Sala de Casación Civil
PonenteJuzgado de Sustanciación
ProcedimientoAuto que ordena concluir la sustanciación y certificar abogado

AA20-C-2007-000879

I.P.V.

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

Caracas, 29 de febrero de 2008. Años 197º y 149º.

Vencidos como se encuentran los lapsos previstos en el artículo 318 del Código de Procedimiento Civil, se declara concluida la sustanciación del presente recurso y se ordena certificar por Secretaría si los profesionales del derecho que han intervenido en los actos correspondientes, están habilitados para actuar ante esta Suprema Jurisdicción de conformidad con el contenido y alcance del artículo 324 ejusdem, y de acuerdo a las comunicaciones realizadas por los respectivos Colegios de Abogados que han servido para formar la lista al respecto.

La Presidenta de la Sala,

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Y.A. PEÑA ESPINOZA

El Secretario,

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ENRIQUE DURÁN FERNÁNDEZ

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.

El Secretario,

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ENRIQUE DURÁN FERNÁNDEZ

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