Sentencia nº 430 de Tribunal Supremo de Justicia - Juzgado de Sustanciación - Sala Electoral de 5 de Junio de 2013

Fecha de Resolución 5 de Junio de 2013
EmisorJuzgado de Sustanciación - Sala Electoral
PonenteJuzgado de Sustanciación
ProcedimientoAuto ordenando notificación

SALA ELECTORAL

Caracas, 05 de junio de 2013

203º y 154º

Vista la Sentencia N° 32 dictada en fecha 15 de mayo de 2013 mediante la cual se declaró SIN LUGAR el recurso contencioso electoral ejercido conjuntamente con solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos, se acuerda notificar a la parte recurrente y a la Comisión Electoral Nacional de la Organización Política COPEI, Partido Popular, al Ministerio Público y a la Comisión Electoral Estadal de Copei Partido Popular del estado Miranda. Remítaseles copia del referido fallo. Líbrense Oficios y Boleta.

El Presidente,

F.R. VEGAS TORREALBA

La Secretaria,

P.C.G.

Exp. AA70-E-2012-000061

FRVT/pc

Caracas, 05 de junio de 2013

Oficio Nº 13-254

Ciudadana

L.O. DÍAZ

FISCAL GENERAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

Su Despacho

Me dirijo a usted a fin de notificarle que en fecha 15 de mayo de 2013 esta Sala Electoral dictó Sentencia N° 32 en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con medida cautelar por el abogado A.M.R., titular de la cédula de identidad N° 6.226.837 e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 67.896, actuando en su propio nombre, contra la Comisión Electoral Nacional de la Organización Política COPEI, Partido Popular, a los fines que se declare “nulo el proceso electoral de COPEI, realizado para la escogencia de las autoridades del estado Miranda y de cada uno de los municipios que conforman el citado estado”. En dicho fallo se declaró SIN LUGAR el recurso contencioso electoral ejercido conjuntamente con solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos. Se remite copia certificada de la Sentencia N° 32.

Atentamente,

F.R. VEGAS TORREALBA

Presidente de la Sala Electoral

EXP. Nº AA70-E-2012-000061

ANEXO: LO INDICADO

FRVT

Caracas, 05 de junio de 2013

Oficio Nº 13-253

Ciudadano

J.C.

Presidente de la Comisión Electoral Nacional de la Organización Política COPEI, Partido Popular y Demás Miembros

Su Despacho

Me dirijo a ustedes a fin de notificarles que en fecha 15 de mayo de 2013 esta Sala Electoral dictó Sentencia N° 32 en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con medida cautelar por el abogado A.M.R., titular de la cédula de identidad N° 6.226.837 e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 67.896, actuando en su propio nombre, contra la Comisión Electoral Nacional de la Organización Política COPEI, Partido Popular, a los fines que se declare “nulo el proceso electoral de COPEI, realizado para la escogencia de las autoridades del estado Miranda y de cada uno de los municipios que conforman el citado estado”. En dicho fallo se declaró SIN LUGAR el recurso contencioso electoral ejercido conjuntamente con solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos. Se remite copia certificada de la Sentencia N° 32.

Atentamente,

F.R. VEGAS TORREALBA

Presidente de la Sala Electoral

EXP. Nº AA70-E-2012-000061

ANEXO: LO INDICADO

FRVT

Caracas, 05 de junio de 2013

Oficio Nº 13-252

Ciudadana

Biagney Katherina Parra Cova

Presidenta de la Comisión Electoral Estadal de la Organización Política COPEI Partido Popular estado Miranda y Demás Miembros

Su Despacho

Me dirijo a ustedes a fin de notificarles que en fecha 15 de mayo de 2013 esta Sala Electoral dictó Sentencia N° 32 en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con medida cautelar por el abogado A.M.R., titular de la cédula de identidad N° 6.226.837 e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 67.896, actuando en su propio nombre, contra la Comisión Electoral Nacional de la Organización Política COPEI, Partido Popular, a los fines que se declare “nulo el proceso electoral de COPEI, realizado para la escogencia de las autoridades del estado Miranda y de cada uno de los municipios que conforman el citado estado”. En dicho fallo se declaró SIN LUGAR el recurso contencioso electoral ejercido conjuntamente con solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos. Se remite copia certificada de la Sentencia N° 32.

Atentamente,

F.R. VEGAS TORREALBA

Presidente de la Sala Electoral

EXP. Nº AA70-E-2012-000061

ANEXO: LO INDICADO

FRVT

B O L E T A

Caracas, 05 de junio de 2013

203º y 154º

SE HACE SABER:

Al ciudadano A.M.R., titular de la cédula de identidad N° 6.226.837 e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 67.896, que en fecha 15 de mayo de 2013 esta Sala Electoral dictó Sentencia N° 32 en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con medida cautelar por Usted, contra la Comisión Electoral Nacional de la Organización Política COPEI, Partido Popular, a los fines que se declare “nulo el proceso electoral de COPEI, realizado para la escogencia de las autoridades del estado Miranda y de cada uno de los municipios que conforman el citado estado”. En dicho fallo se declaró SIN LUGAR el recurso contencioso electoral ejercido conjuntamente con solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos. Se remite copia certificada de la Sentencia N° 32.

El Presidente,

F.R. VEGAS TORREALBA

La Secretaria,

P.C.G.

Firma:________________

Fecha:________________

Se anexa lo indicado

Exp. AA70-E-2012-000061

FRVT/pc

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