Sentencia nº 24 de Tribunal Supremo de Justicia - Juzgado de Sustanciación - Sala Constitucional de 21 de Julio de 2016

Fecha de Resolución21 de Julio de 2016
EmisorJuzgado de Sustanciación - Sala Constitucional
PonenteJuzgado de Sustanciación
ProcedimientoRecurso de Nulidad

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA CONSTITUCIONAL

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

Caracas, 21 de julio de 2016

206º y 157º

Vistos los escritos presentados en fecha 17 de mayo de 2016, por los ciudadanos R.C., A.A.J.H., J.R.S., E.A. y A.D.G.B., el primero y el segundo, el 24 de mayo de 2016, por el ciudadano F.P., mediante los cuales solicitaron intervenir como terceros interesados, en el recurso de nulidad del artículo 33 de la Ley Orgánica sobre Estados de Excepción, publicada en la Gaceta Oficial N° 37.261 del 15 de agosto de 2001, este Juzgado de Sustanciación observa, que la solicitud de intervención se encuentra dentro del lapso establecido en el artículo 137 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. En consecuencia, se tienen como intervinientes en la presente causa.

Resuelta la solicitud de intervención de terceros, este Juzgado de Sustanciación señala que a partir de la presente oportunidad, comienza el lapso de presentación de escritos de defensas y promoción de pruebas, previsto en el artículo 139 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.

La Presidenta,

G.M.G. ALVARADO

El Secretario,

J.L. REQUENA CABELLO

Exp. Nº: AA50-T-2016-158

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