Sentencia nº 06 de Tribunal Supremo de Justicia - Juzgado de Sustanciación - Sala Plena de 10 de Marzo de 2016

Fecha de Resolución10 de Marzo de 2016
EmisorJuzgado de Sustanciación - Sala Plena
PonenteJuzgado de Sustanciación
ProcedimientoRecurso de Nulidad

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA CONSTITUCIONAL

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

Caracas, 10 de marzo de 2016

205º y 157º

Vista la sentencia de esta Sala Constitucional N° 1683, de fecha 17 de diciembre de 2015, mediante la cual se admitió el recurso de nulidad contra la Ley de Convivencia Ciudadana, Preservación de la Paz y la V.d.E.P., publicada en la Gaceta Extraordinaria del referido Estado N° 332, de fecha 30 de diciembre de 2014, intentado por el ciudadano O.Z.L., en su carácter de Alcalde del Municipio Monseñor J.V.d.U.d.E.P. y por el abogado H.J.A., en su carácter de Síndico Procurador Municipal, este Juzgado acuerda comisionar al Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Monseñor J.V.d.U.d.P.C. de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, a los fines de citar a la referida parte actora, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 135 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.

Cúmplase lo ordenado.

La Presidenta,

G.M.G. ALVARADO

El Secretario,

J.L. REQUENA CABELLO

Exp. Nro: 2015-1234

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