Sentencia nº 00095 de Tribunal Supremo de Justicia - Juzgado de Sustanciación - Sala Plena de 28 de Enero de 2016

Fecha de Resolución28 de Enero de 2016
EmisorJuzgado de Sustanciación - Sala Plena
PonenteMarco Antonio Medina Salas

Numero : 00095 N° Expediente : 2015-0767 Fecha: 28/01/2016 Procedimiento:

Consulta de jurisdicción

Partes:

Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental eleva consulta de sentencia de fecha 25.06.2015 con motivo de la demanda "por cobro o reintegro de bolívares por el pago de lo indebido" conjuntamente con solicitud de medida cautelar de embargo preventivo interpuesta por la Alcaldía del Municipio Iribarren del Estado Lara contra el ciudadano C.G.P.Á..

Decisión:

La Sala declara: 1. Que el PODER JUDICIAL NO TIENE JURISDICCIÓN para conocer y decidir la demanda interpuesta por el MUNICIPIO IRIBARREN DEL ESTADO LARA, contra el ciudadano C.G.P.Á.. 2. Se CONFIRMA la sentencia consultada dictada por el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, el 25 de junio de 2015, en los términos expuestos.

Ponente:

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