Sentencia nº 946 de Tribunal Supremo de Justicia - Juzgado de Sustanciación - Sala Electoral de 12 de Diciembre de 2012

Fecha de Resolución12 de Diciembre de 2012
EmisorJuzgado de Sustanciación - Sala Electoral
PonenteJuzgado de Sustanciación
ProcedimientoAuto ordenando notificación

SALA ELECTORAL

Caracas, 12 de diciembre de 2012

202º y 153º

Vista la Sentencia N° 188 dictada por esta Sala Electoral en fecha 14 de noviembre de 2012, mediante la cual se ADMITIÓ el recurso contencioso electoral, con prescindencia del examen de la caducidad, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5, parágrafo único, de la Ley Orgánica de A.s.D. y Garantías Constitucionales, SIN LUGAR la solicitud de amparo cautelar, ADMITIÓ el recurso contencioso electoral por lo que respecta a la causal de inadmisibilidad relativa a la caducidad y SIN LUGAR la solicitud subsidiaria de suspensión de efectos, se acuerda notificar de la referida Sentencia a la parte recurrente y a la Comisión Electoral Principal de la Caja de Ahorros de los Trabajadores, Jubilados y Pensionados de la Alcaldía del Municipio Libertador del Distrito Capital (CATJPAMLDC). Remítase copia certificada de la mencionada decisión y del presente auto. Líbrese Boleta y Oficio.

Igualmente, se acuerda notificar de la Sentencia N° 188 al C.d.A. y al C.d.V. de la Caja de Ahorros de los Trabajadores, Jubilados y Pensionados de la Alcaldía del Municipio Libertador del Distrito Capital (CATJPAMLDC), a los ciudadanos D.R., E.S., A.S., J.N., F.J.P. y Xiolys Gil (Miembros de la Nómina 7) y a la Superintencia de Caja de Ahorros. Remítase copia certificada del escrito libelar, de la mencionada decisión y del presente auto. Líbrense Boleta y Oficios.

Asímismo, de conformidad con lo previsto en el artículo 186 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, se ordena notificar al Ministerio Público. Remítase copia certificada del escrito libelar, de la referida decisión y del presente auto. Líbrese Oficio.

Finalmente, este Juzgado de Sustanciación indica que una vez que conste en autos las notificaciones de Ley, procederá a librar el cartel de emplazamiento a los interesados, el cual deberá ser publicado en el diario “Últimas Noticias” y para ello dispondrá la parte recurrente de un plazo de siete (07) días de despacho a fin de retirar, publicar y consignar el mismo, con la advertencia de que si la parte recurrente incumpliera con esta carga, se declarará la perención de la instancia y se ordenará el archivo del expediente.

La Presidenta;

JHANNETT MARÍA MADRIZ SOTILLO

La Secretaria,

P.C.G.

Exp. Nº AA70-E-2012-000060

JMMS/pc

Caracas, 12 de diciembre de 2012.

Oficio Nº 12-558.

Ciudadana

L.O. DÍAZ

Fiscal General de la República Bolivariana de Venezuela.

Su Despacho

A los fines de su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 186 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, cumplo con remitir a usted en anexo copia certificada del escrito contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y subsidiariamente suspensión de efectos por los ciudadanos F.V.L., C.C.C., I.A.T.A., J.R.O. y D.R.L.E., titular de la cédula de identidad número 4.884.594, 9.064.954, 6.860.899, 4.164.437 y 19.565.143, respectivamente, quienes actúan con el carácter de asociados, electores y candidatos en el proceso de escogencia de las autoridades de la Caja de Ahorros de los Trabajadores, Jubilados y Pensionados de la Alcaldía del Municipio Libertador del Distrito Capital (CATJPAMLDC), asistidos por los abogados D.S.P.R. y M.C.S.C., titular de la cédula de identidad número 10.693.404 y 12.618.089, respectivamente e inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los números 72.774 y 121.914, respectivamente, contra “…el acta de escrutinio y totalizaciones, los Actos, Actuaciones, y Omisiones de la 'COMISIÓN ELECTORAL PRINCIPAL', de la Caja de Ahorros de los Trabajadores, Jubilados y Pensionados de la Alcaldía del Municipio Libertador del Distrito Capital (CATJPAMLDC), la cual celebró las Elecciones (sic) para el día 10 y 12 de Julio del año 2012, en omisión e inobservacia (sic) a las fases de publicación de los centros electorales y sus mesas electorales, dentro del Cronograma Electoral…”. Asimismo, se remite copia certificada de la Sentencia N° 188 publicada en fecha 14 de noviembre de 2012, que la Sala ADMITIÓ el recurso contencioso electoral, con prescindencia del examen de la caducidad, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5, parágrafo único, de la Ley Orgánica de A.S.D. y Garantías Constitucionales; SIN LUGAR la solicitud de amparo cautelar; ADMITIÓ el recurso contencioso electoral por lo que respecta a la causal de inadmisibilidad relativa a la caducidad y SIN LUGAR la solicitud subsidiaria de suspensión de efectos.

Del mismo modo, se le informa que en fecha 12 de diciembre de 2012, este Juzgado de Sustanciación dictó auto en el cual indicó que una vez que conste en autos las notificaciones ordenadas, procederá a librar el cartel de emplazamiento a los interesados. Se remite copia certificada de del escrito recursivo, del mencionado fallo y del auto de fecha 12 de diciembre de 2012.

Atentamente,

JHANNETT MARÍA MADRIZ SOTILLO

Presidenta de la Sala Electoral

Se anexa lo indicado

Exp. Nº AA70-E-2012-000060

JMMS

Caracas, 12 de diciembre de 2012

Oficio Nº 12-554.

Ciudadanos.

Presidente y Demás Miembros de la Comisión Electoral Principal de la Caja de Ahorros de los Trabajadores, Jubilados y Pensionados de la Alcaldía del Municipio Libertador del Distrito Capital (CATJPAMLDC).

Su Despacho

Tengo a bien dirigirme a ustedes a fin de notificarles que esta Sala en fecha 14 de noviembre de 2012, publicó sentencia en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y subsidiariamente suspensión de efectos, por los ciudadanos F.V.L., C.C.C., I.A.T.A., J.R.O. y D.R.L.E., titulares de las cédulas de identidad números 4.884.594, 9.064.954, 6.860.899, 4.164.437 y 19.565.143, respectivamente, quienes actúan con el carácter de asociados, electores y candidatos en el proceso de escogencia de las autoridades de la Caja de Ahorros de los Trabajadores, Jubilados y Pensionados de la Alcaldía del Municipio Libertador del Distrito Capital (CATJPAMLDC), asistidos por los abogados D.S.P.R. y M.C.S.C., titular de la cédula de identidad número 10.693.404 y 12.618.089, respectivamente e inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los números 72.774 y 121.914, respectivamente, contra “…el acta de escrutinio y totalizaciones, los Actos, Actuaciones, y Omisiones de la 'COMISIÓN ELECTORAL PRINCIPAL', de la Caja de Ahorros de los Trabajadores, Jubilados y Pensionados de la Alcaldía del Municipio Libertador del Distrito Capital (CATJPAMLDC), la cual celebró las Elecciones (sic) para el día 10 y 12 de Julio del año 2012, en omisión e inobservacia (sic) a las fases de publicación de los centros electorales y sus mesas electorales, dentro del Cronograma Electoral…”. En dicho fallo la Sala ADMITIÓ el recurso contencioso electoral, con prescindencia del examen de la caducidad, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5, parágrafo único, de la Ley Orgánica de A.S.D. y Garantías Constitucionales; SIN LUGAR la solicitud de amparo cautelar, ADMITIÓ el recurso contencioso electoral por lo que respecta a la causal de inadmisibilidad relativa a la caducidad y SIN LUGAR la solicitud subsidiaria de suspensión de efectos.

Del mismo modo, se les informa que en fecha 12 de diciembre de 2012, este Juzgado de Sustanciación dictó auto en el cual indicó que una vez que conste en autos las notificaciones ordenadas, procederá a librar el cartel de emplazamiento a los interesados. Se remite copia certificada del mencionado fallo y del auto de fecha 12 de diciembre de 2012.

Atentamente,

JHANNETT MARÍA MADRIZ SOTILLO

Presidenta de la Sala Electoral

Exp. Nº AA70-E-2012-000060

JMMS

B O L E T A

Caracas, 12 de diciembre de 2012

202º y 153º

SE HACE SABER:

A los ciudadanos F.V.L., C.C.C., I.A.T.A., J.R.O. y D.R.L.E., titulares de la cédula de identidad número 4.884.594, 9.064.954, 6.860.899, 4.164.437 y 19.565.143, respectivamente, y/o sus apoderados judiciales abogados D.P. y M.S., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 72.774 y 121.914, respectivamente, que esta Sala Electoral en fecha 14 de noviembre de 2012 publicó Sentencia Nº 188 en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y subsidiariamente suspensión de efectos, por Ustedes contra “…el acta de escrutinio y totalizaciones, los Actos, Actuaciones, y Omisiones de la 'COMISIÓN ELECTORAL PRINCIPAL', de la Caja de Ahorros de los Trabajadores, Jubilados y Pensionados de la Alcaldía del Municipio Libertador del Distrito Capital (CATJPAMLDC), la cual celebró las Elecciones (sic) para el día 10 y 12 de Julio del año 2012, en omisión e inobservacia (sic) a las fases de publicación de los centros electorales y sus mesas electorales, dentro del Cronograma Electoral…”. En dicho fallo se ADMITIÓ el recurso contencioso electoral, con prescindencia del examen de la caducidad, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5, parágrafo único, de la Ley Orgánica de A.S.D. y Garantías Constitucionales; SIN LUGAR la solicitud de amparo cautelar; ADMITIÓ el recurso contencioso electoral por lo que respecta a la causal de inadmisibilidad relativa a la caducidad y SIN LUGAR la solicitud subsidiaria de suspensión de efectos. Del mismo modo, se les informa que en fecha 12 de diciembre de 2012, este Juzgado de Sustanciación dictó auto en el cual indicó que una vez que conste en autos las notificaciones ordenadas, procederá a librar el cartel de emplazamiento a los interesados; el cual deberá ser publicado en el diario “Últimas Noticias” y para ello dispondrá la parte recurrente de un plazo de siete (07) días de despacho a fin de retirar, publicar y consignar el mismo, con la advertencia de que si la parte recurrente incumpliera con esta carga, se declarará la perención de la instancia y se ordenará el archivo del expediente. Se remite copia certificada del mencionado fallo y del auto de fecha 12 de diciembre de 2012. Se servirán firmar al pie de la presente boleta, con indicación de la fecha en que esta notificación se lleve a cabo.

La Presidenta,

JHANNETT MARÍA MADRIZ SOTILLO

La Secretaria,

P.C.G.

Firma: ________________

Fecha: ________________

Se anexa lo indicado

Exp. AA70-E-2012-000060

JMMS/pc

B O L E T A

Caracas, 12 de diciembre de 2012

202º y 153º

SE HACE SABER:

A los ciudadanos D.R., E.S., A.S., J.N., F.J.P. y Xiolys Gil, titulares de la cédula de identidad número 6.004.760, 6.049.367, 6.306.908, 3.457.477, 6.430.817 y 12.510.832, respectivamente, (Miembros de la Nómina 7), que la Sala Electoral en fecha 14 de noviembre de 2012 publicó Sentencia Nº 188 en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y subsidiariamente suspensión de efectos, por los ciudadanos F.V.L., C.C.C., I.A.T.A., J.R.O. y D.R.L.E., titular de la cédula de identidad números 4.884.594, 9.064.954, 6.860.899, 4.164.437 y 19.565.143, respectivamente, quienes actúan con el carácter de asociados, electores y candidatos en el proceso de escogencia de las autoridades de la Caja de Ahorros de los Trabajadores, Jubilados y Pensionados de la Alcaldía del Municipio Libertador del Distrito Capital (CATJPAMLDC), asistidos por los abogados D.S.P.R. y M.C.S.C., titulares de las cédulas de identidad números 10.693.404 y 12.618.089, respectivamente e inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los números 72.774 y 121.914, respectivamente, contra “…el acta de escrutinio y totalizaciones, los Actos, Actuaciones, y Omisiones de la 'COMISIÓN ELECTORAL PRINCIPAL', de la Caja de Ahorros de los Trabajadores, Jubilados y Pensionados de la Alcaldía del Municipio Libertador del Distrito Capital (CATJPAMLDC), la cual celebró las Elecciones (sic) para el día 10 y 12 de Julio del año 2012, en omisión e inobservacia (sic) a las fases de publicación de los centros electorales y sus mesas electorales, dentro del Cronograma Electoral…”. En dicho fallo se ADMITIÓ el recurso contencioso electoral, con prescindencia del examen de la caducidad, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5, parágrafo único, de la Ley Orgánica de A.S.D. y Garantías Constitucionales; SIN LUGAR la solicitud de amparo cautelar; ADMITIÓ el recurso contencioso electoral por lo que respecta a la causal de inadmisibilidad relativa a la caducidad y SIN LUGAR la solicitud subsidiaria de suspensión de efectos. Del mismo modo, se les informa que en fecha 12 de diciembre de 2012, este Juzgado de Sustanciación dictó auto en el cual indicó que una vez que conste en autos las notificaciones ordenadas, procederá a librar el cartel de emplazamiento a los interesados. Se remite copia certificada del escrito libelar, del mencionado fallo y del auto de fecha 12 de diciembre de 2012.

Se servirán firmar al pie de la presente boleta, con indicación de la fecha en que esta notificación se lleve a cabo.

La Presidenta,

JHANNETT MARÍA MADRIZ SOTILLO

La Secretaria,

P.C.G.

Firma: ________________

Fecha: ________________

Se anexa lo indicado

Exp. AA70-E-2012-000060

JMMS/pc

Caracas, 12 de diciembre de 2012

Oficio Nº 12-555.

Ciudadana

M.D.C. URBANEJA DE HURTADO

Superintendente (E) de Cajas de Ahorro Adscrita al Ministerio del Poder popular de Planificación y Finanzas de la República Bolivariana de Venezuela (SUDECA)

Su Despacho

Tengo a bien dirigirme a usted a fin de notificarle que esta Sala en fecha 14 de noviembre de 2012, publicó sentencia en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y subsidiariamente suspensión de efectos, por los ciudadanos F.V.L., C.C.C., I.A.T.A., J.R.O. y D.R.L.E., titulares de la cédula de identidad número 4.884.594, 9.064.954, 6.860.899, 4.164.437 y 19.565.143, respectivamente, quienes actúan con el carácter de asociados, electores y candidatos en el proceso de escogencia de las autoridades de la Caja de Ahorros de los Trabajadores, Jubilados y Pensionados de la Alcaldía del Municipio Libertador del Distrito Capital (CATJPAMLDC), asistidos por los abogados D.S.P.R. y M.C.S.C., titular de la cédula de identidad número 10.693.404 y 12.618.089, respectivamente e inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los números 72.774 y 121.914, respectivamente, contra “…el acta de escrutinio y totalizaciones, los Actos, Actuaciones, y Omisiones de la 'COMISIÓN ELECTORAL PRINCIPAL', de la Caja de Ahorros de los Trabajadores, Jubilados y Pensionados de la Alcaldía del Municipio Libertador del Distrito Capital (CATJPAMLDC), la cual celebró las Elecciones (sic) para el día 10 y 12 de Julio del año 2012, en omisión e inobservacia (sic) a las fases de publicación de los centros electorales y sus mesas electorales, dentro del Cronograma Electoral…”. En dicho fallo se ADMITIÓ el recurso contencioso electoral, con prescindencia del examen de la caducidad, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5, parágrafo único, de la Ley Orgánica de A.S.D. y Garantías Constitucionales, SIN LUGAR la solicitud de amparo cautelar; ADMITIÓ el recurso contencioso electoral por lo que respecta a la causal de inadmisibilidad relativa a la caducidad y SIN LUGAR la solicitud subsidiaria de suspensión de efectos.

Del mismo modo, se le informa que en fecha 12 de diciembre de 2012, este Juzgado de Sustanciación dictó auto en el cual indicó que una vez que conste en autos las notificaciones ordenadas, procederá a librar el cartel de emplazamiento a los interesados. Se remite copia certificada del escrito libelar, del mencionado fallo y del auto de fecha 12 de diciembre de 2012.

Atentamente,

JHANNETT MARÍA MADRIZ SOTILLO

Presidenta de la Sala Electoral

Exp. Nº AA70-E-2012-000060

JMMS

Caracas, 12 de diciembre de 2012

Oficio Nº 12-557.

Ciudadanos.

C.d.V. de la Caja de Ahorros de los Trabajadores, Jubilados y Pensionados de la Alcaldía del Municipio Libertador del Distrito Capital (CATJPAMLDC).

Su Despacho

Tengo a bien dirigirme a ustedes a fin de notificarles que esta Sala en fecha 14 de noviembre de 2012, publicó sentencia en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y subsidiariamente suspensión de efectos, por los ciudadanos F.V.L., C.C.C., I.A.T.A., J.R.O. y D.R.L.E., titulares de la cédula de identidad número 4.884.594, 9.064.954, 6.860.899, 4.164.437 y 19.565.143, respectivamente, quienes actúan con el carácter de asociados, electores y candidatos en el proceso de escogencia de las autoridades de la Caja de Ahorros de los Trabajadores, Jubilados y Pensionados de la Alcaldía del Municipio Libertador del Distrito Capital (CATJPAMLDC), asistidos por los abogados D.S.P.R. y M.C.S.C., titulares de la cédula de identidad número 10.693.404 y 12.618.089, respectivamente e inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los números 72.774 y 121.914, respectivamente, contra “…el acta de escrutinio y totalizaciones, los Actos, Actuaciones, y Omisiones de la 'COMISIÓN ELECTORAL PRINCIPAL', de la Caja de Ahorros de los Trabajadores, Jubilados y Pensionados de la Alcaldía del Municipio Libertador del Distrito Capital (CATJPAMLDC), la cual celebró las Elecciones (sic) para el día 10 y 12 de Julio del año 2012, en omisión e inobservacia (sic) a las fases de publicación de los centros electorales y sus mesas electorales, dentro del Cronograma Electoral…”. En dicho fallo se ADMITIÓ el recurso contencioso electoral, con prescindencia del examen de la caducidad, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5, parágrafo único, de la Ley Orgánica de A.S.D. y Garantías Constitucionales; SIN LUGAR la solicitud de amparo cautelar; ADMITIÓ el recurso contencioso electoral por lo que respecta a la causal de inadmisibilidad relativa a la caducidad y SIN LUGAR la solicitud subsidiaria de suspensión de efectos.

Del mismo modo, se les informa que en fecha 12 de diciembre de 2012, este Juzgado de Sustanciación dictó auto en el cual indicó que una vez que conste en autos las notificaciones ordenadas, procederá a librar el cartel de emplazamiento a los interesados. Se remite copia certificada del escrito libelar, del mencionado fallo y del auto de fecha 12 de diciembre de 2012.

Atentamente,

JHANNETT MARÍA MADRIZ SOTILLO

Presidenta de la Sala Electoral

Exp. Nº AA70-E-2012-000060

JMMS

Caracas, 12 de diciembre de 2012

Oficio Nº 12-556.

Ciudadanos.

C.d.A. de la Caja de Ahorros de los Trabajadores, Jubilados y Pensionados de la Alcaldía del Municipio Libertador del Distrito Capital (CATJPAMLDC).

Su Despacho

Tengo a bien dirigirme a ustedes a fin de notificarles que esta Sala en fecha 14 de noviembre de 2012, publicó sentencia en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y subsidiariamente suspensión de efectos, por los ciudadanos F.V.L., C.C.C., I.A.T.A., J.R.O. y D.R.L.E., titular de la cédula de identidad número 4.884.594, 9.064.954, 6.860.899, 4.164.437 y 19.565.143, respectivamente, quienes actúan con el carácter de asociados, electores y candidatos en el proceso de escogencia de las autoridades de la Caja de Ahorros de los Trabajadores, Jubilados y Pensionados de la Alcaldía del Municipio Libertador del Distrito Capital (CATJPAMLDC), asistidos por los abogados D.S.P.R. y M.C.S.C., titular de la cédula de identidad número 10.693.404 y 12.618.089, respectivamente e inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los números 72.774 y 121.914, respectivamente, contra “…el acta de escrutinio y totalizaciones, los Actos, Actuaciones, y Omisiones de la 'COMISIÓN ELECTORAL PRINCIPAL', de la Caja de Ahorros de los Trabajadores, Jubilados y Pensionados de la Alcaldía del Municipio Libertador del Distrito Capital (CATJPAMLDC), la cual celebró las Elecciones (sic) para el día 10 y 12 de Julio del año 2012, en omisión e inobservacia (sic) a las fases de publicación de los centros electorales y sus mesas electorales, dentro del Cronograma Electoral…”. En dicho fallo se ADMITIÓ el recurso contencioso electoral, con prescindencia del examen de la caducidad, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5, parágrafo único, de la Ley Orgánica de A.S.D. y Garantías Constitucionales; SIN LUGAR la solicitud de amparo cautelar, ADMITIÓ el recurso contencioso electoral por lo que respecta a la causal de inadmisibilidad relativa a la caducidad y SIN LUGAR la solicitud subsidiaria de suspensión de efectos.Del mismo modo, se les informa que en fecha 12 de diciembre de 2012, este Juzgado de Sustanciación dictó auto en el cual indicó que una vez que conste en autos las notificaciones ordenadas, procederá a librar el cartel de emplazamiento a los interesados. Se remite copia certificada del escrito libelar, del mencionado fallo y del auto de fecha 12 de diciembre de 2012.

Atentamente,

JHANNETT MARÍA MADRIZ SOTILLO

Presidenta de la Sala Electoral

Exp. Nº AA70-E-2012-000060

JMMS

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR