Sentencia nº 780 de Tribunal Supremo de Justicia - Juzgado de Sustanciación - Sala Electoral de 22 de Octubre de 2012

Fecha de Resolución22 de Octubre de 2012
EmisorJuzgado de Sustanciación - Sala Electoral
PonenteJuzgado de Sustanciación
ProcedimientoAuto de admisión

SALA ELECTORAL

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

Caracas, 22 de octubre de 2012

202º y 153°

En fecha 26 de septiembre de 2012 los ciudadanos E.J.C., A.C. y E.P., titulares de la cédula de identidad N° 4.776.720, 3.747.943 y 5.264.019, respectivamente, asistidos por el abogado N.J.Á.T., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 135.797, interpusieron recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 120726-0420 dictada por el C.N.E. en fecha 26 de julio de 2012, publicada en Gaceta Electoral N° 641 de fecha 07 de septiembre de 2012, que declaró: “CON LUGAR el Recurso Jerárquico interpuesto por los ciudadanos M.C.G., S.C., H.D., C.O., J.F., J.N., F.B., M.A., A.P., V.R., J.A., C.D.L. y L.F., actuando en su condición de trabajadores afiliados [a] sindicatos pertenecientes a la FEDERACIÓN DE TRABAJADORES DEL ESTADO ARAGUA (FETRARAGUA), contra la elección de la Comisión Electoral de dicha Federación. SEGUNDO: NULA la elección de la Comisión Electoral de dicha Federación”.

En fecha 17 de octubre de 2012 el abogado C.C.U., inscrito en el Inpreabogado bajo el número 90.583, actuando con el carácter de apoderado judicial del C.N.E., presentó escrito contentivo del informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el recurso contencioso electoral que le fueran solicitados por este Juzgado en fecha 27 de septiembre de 2012; en dicho escrito el referido profesional solicita la declaratoria de inadmisibilidad del recurso interpuesto por no cumplir – a su decir- con los requisitos previstos en el artículo 180 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, aduciendo para ello, que “la parte actora no sólo deja de expresar con precisión el acto objeto de su impugnación sino que adicionalmente no señala ni determina los presuntos vicios o las causas que según su entender, permiten ejercer su acción por ante esta Sala Electoral, sin que fundamente en modo alguno su pretensión o las razones tanto de hecho como de derecho que sirven de sustento a su pretensión”.

En tal sentido corresponde a este Juzgado de Sustanciación resolver el alegato del C.N.E., al tiempo de pronunciarse sobre la admisión del recurso, lo cual hace en los siguientes términos:

Con relación al alegato de inadmisibilidad opuesto por el representante del C.N.E., cabe observar que el artículo 180 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia establece:

“En el escrito correspondiente se indicará con precisión la identificación de las partes y contendrá una narración circunstanciada de los hechos que dieron lugar a la infracción que se alegue y de los vicios en los que haya incurrido el supuesto o supuesta agraviante.

Así mismo, el artículo 181 ejusdem, prevé:

El incumplimiento de los extremos antes señalados provocará la inadmisión de la demanda, salvo que se trate de omisiones no sustanciales que no impidan la comprensión de las pretensiones interpuestas

.

Oportuno es observar en estos casos, que las disposiciones legales deben ser interpretadas de conformidad con los lineamientos consagrados en el texto constitucional, especialmente con respecto al principio de una justicia sin formalismos previsto en el artículo 257 Constitucional, el derecho constitucional a una tutela judicial efectiva, artículo 26 ejusdem, y el principio pro actione o de la interpretación más favorable al ejercicio de la acción, que se desprende de la última norma constitucional citada. De allí, que este Juzgado deba atemperar dichas exigencias legales en cuanto no constituyan las mismas una formalidad esencial para la admisión del recurso, y en tal sentido aprecia que la parte recurrente en su escrito libelar identifica expresamente que la impugnación se plantea contra la Resolución N° 120726-0420 emanada del C.N.E. en fecha 26 de julio de 2012, publicada en la Gaceta Electoral Extraordinario N° 641 de fecha 07 de septiembre de 2012. Igualmente del contenido del libelo se desprenden vicios denunciados por la parte recurrente, pues si bien su redacción no es feliz, si pueden deducirse del contexto libelar y que en todo caso deberán ser ponderados por la Sala en su pronunciamiento, en consecuencia este Juzgado de Sustanciación desestima la solicitud de inadmisibilidad planteada por el C.N.E., y así se decide.

Resuelto lo anterior pasa este Juzgado a pronunciarse sobre las restantes causales de inadmisibilidad del recurso y en tal sentido observa, que no están presentes ninguna de las establecidas en los artículos 179, 180, 181 y 183 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia y 213 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales, en consecuencia admite cuanto ha lugar en derecho el recurso. Notifíquese al C.N.E., anexándole copia certificada del presente auto. Líbrese Oficio. Asimismo, de conformidad con lo previsto en el artículo 186 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, se ordena notificar al Ministerio Público remitiéndosele copia certificada del escrito libelar y del presente auto. Líbrese Oficio.

Del mismo modo se ordena notificar a los ciudadanos M.C.G., S.C., H.D., C.O., J.F., J.N., F.B., M.A., A.P., V.R., J.A., C.d.L. y L.F., titulares de la cédula de identidad N° 7.190.571, 7.645.899, 7.268.907, 4.378.513, 4.568.338, 7.181.239, 6.962.712, 5.263.734, 11.414.932, 3.517.381, 9.000.100, 4.543.578 y 7.175.103, respectivamente, remitiéndoseles copia certificada del escrito libelar y del presente auto. Líbrense Boletas.

Igualmente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 234 del Código de Procedimiento Civil, se acuerda comisionar al Juzgado de Primera Instancia en la Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del estado Aragua (Distribuidor), a los fines de notificar a los ciudadanos M.C.G., residenciada en el Barrio Independencia, Calle J, Casa N° 47, Municipio Girardot, estado Aragua, S.C., residenciado en la Avenida 1, N° 51, Municipio F.L.A., estado Aragua, H.D., residenciado en la Calle Principal de Los Cocos, N° 70, C.O., residenciado en la Calle N.J., N° 30, El Limón, Municipio MBI, estado Aragua, J.F., residenciado en la Calle Mariño, Callejón el Panteón, N° 3, J.N., residenciado en el Barrio San J.d.T., Municipio S.M., estado Aragua, F.B., residenciado en el Barrio F.d.M., Calle Principal, N° 3, M.A., residenciado en el Barrio San Rafael, Calle Intercomunal, N° 10, Municipio Girardot, estado Aragua, A.P., residenciado en la Calle Urdaneta, Casa N° 50, Turmero, Municipio S.M., estado Aragua, V.R., residenciada en el Barrio S.R., en la Calle Carabobo, Casa N° 132, Municipio Girardot, estado Aragua, J.A., residenciado en el Barrio el Museo, Calle 46, N° 48, Municipio F.L.A., estado Aragua, C.d.L., residenciada en la Urbanización L.B., Casa N° 4-19, el Macaro, Municipio S.M., estado Aragua y L.F., residenciada en el Barrio Independencia, Calle 104, N° 50-1, Municipio Girardot, estado Aragua, para lo cual se ordena librar despacho al mencionado Juzgado. En tal sentido, se le informa que dispone de un lapso de nueve (09) días de despacho para la práctica de las aludidas notificaciones, contando éste desde el día siguiente que reciba la comisión la cual devolverá a la brevedad posible. Remítase copia certificada del presente auto. Líbrese Oficio y Despacho.

Finalmente este Juzgado de Sustanciación señala que una vez que conste en autos las notificaciones de Ley, procederá a librar el cartel de emplazamiento a los interesados de conformidad con lo previsto en los artículos 186 y 189 de la mencionada Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, cartel que deberá ser publicado en el diario “Últimas Noticias”, y para ello dispondrá la parte recurrente de un plazo de siete (07) días de despacho a fin de retirar, publicar y consignar el mismo, con la advertencia de que si incumpliera con esta carga, se declarará la perención de la instancia y ordenará el archivo del expediente.

La Presidenta,

JHANNETT MARÍA MADRIZ SOTILLO

La Secretaria,

P.C.G.

Exp. Nº AA70-E-2012-000088

JMMS/pc

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

Caracas, 22 de octubre de 2012

202° y 153°

Oficio Nº 12-441.

Ciudadana

T.L.

Presidenta del C.N.E. de la República Bolivariana de Venezuela

Su Despacho

Tengo a bien dirigirme a usted a fin de notificarle, que en esta misma fecha este Juzgado de Sustanciación dictó auto mediante el cual admitió el recurso contencioso electoral interpuesto por los ciudadanos E.J.C., A.C. y E.P., titulares de la cédula de identidad N° 4.776.720, 3.747.943 y 5.264.019, respectivamente, asistidos por el abogado N.J.Á.T., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 135.797, contra la Resolución N° 120726-0420 dictada por el C.N.E. en fecha 26 de julio de 2012, publicada en Gaceta Electoral N° 641 de fecha 07 de septiembre de 2012, que declaró: “CON LUGAR el Recurso Jerárquico interpuesto por los ciudadanos M.C.G., S.C., H.D., C.O., J.F., J.N., F.B., M.A., A.P., V.R., J.A., C.D.L. y L.F., actuando en su condición de trabajadores afiliados [a] sindicatos pertenecientes a la FEDERACIÓN DE TRABAJADORES DEL ESTADO ARAGUA (FETRARAGUA), contra la elección de la Comisión Electoral de dicha Federación. SEGUNDO: NULA la elección de la Comisión Electoral de dicha Federación”. Se remite copia certificada del referido auto.

Atentamente,

JHANNETT MARÍA MADRIZ SOTILLO

Presidenta de la Sala Electoral

Se anexa lo indicado.

Exp. Nº AA70-E-2012-000088

JMMS

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

Caracas, 22 de octubre de 2012

202º y 153°

Oficio Nº 12-442

Ciudadana

L.O. DÍAZ

Fiscal General de la República Bolivariana de Venezuela

Su Despacho

A los fines de su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 186 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, cumplo con remitir a usted en anexo, copia certificada del escrito contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto por los ciudadanos E.J.C., A.C. y E.P., titulares de la cédula de identidad N° 4.776.720, 3.747.943 y 5.264.019, respectivamente, asistidos por el abogado N.J.Á.T., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 135.797, contra la Resolución N° 120726-0420 dictada por el C.N.E. en fecha 26 de julio de 2012, publicada en Gaceta Electoral N° 641 de fecha 07 de septiembre de 2012, que declaró: “CON LUGAR el Recurso Jerárquico interpuesto por los ciudadanos M.C.G., S.C., H.D., C.O., J.F., J.N., F.B., M.A., A.P., V.R., J.A., C.D.L. y L.F., actuando en su condición de trabajadores afiliados [a] sindicatos pertenecientes a la FEDERACIÓN DE TRABAJADORES DEL ESTADO ARAGUA (FETRARAGUA), contra la elección de la Comisión Electoral de dicha Federación. SEGUNDO: NULA la elección de la Comisión Electoral de dicha Federación”. Asimismo, se remite copia certificada del auto de admisión dictado en fecha 22 de octubre de 2012.

Atentamente,

JHANNETT MARÍA MADRIZ SOTILLO

Presidenta de la Sala Electoral

Se anexa lo indicado.

Exp. Nº AA70-E-2012-000088

JMMS

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

TRIBUNAL COMISIONADO: Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del estado Aragua (Distribuidor)

TRIBUNAL COMITENTE: Juzgado de Sustanciación de la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia

HACE SABER:

Que en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto por los ciudadanos E.J.C., A.C. y E.P., titulares de la cédula de identidad N° 4.776.720, 3.747.943 y 5.264.019, respectivamente, asistidos por el abogado N.J.Á.T., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 135.797, contra la Resolución N° 120726-0420 dictada por el C.N.E. en fecha 26 de julio de 2012, publicada en Gaceta Electoral N° 641 de fecha 07 de septiembre de 2012, que declaró: “CON LUGAR el Recurso Jerárquico interpuesto por los ciudadanos M.C.G., S.C., H.D., C.O., J.F., J.N., F.B., M.A., A.P., V.R., J.A., C.D.L. y L.F., actuando en su condición de trabajadores afiliados [a] sindicatos pertenecientes a la FEDERACIÓN DE TRABAJADORES DEL ESTADO ARAGUA (FETRARAGUA), contra la elección de la Comisión Electoral de dicha Federación. SEGUNDO: NULA la elección de la Comisión Electoral de dicha Federación”; este Juzgado acordó comisionar a fin de notificar el auto dictado en fecha 22 de octubre de 2012, a los ciudadanos M.C.G., S.C., H.D., C.O., J.F., J.N., F.B., M.A., A.P., V.R., J.A., C.d.L. y L.F.. A tal fin se remiten Boletas de notificación.

Que cumplida como haya sido la presente comisión se le intima devolver los originales con sus resultas a este Juzgado de Sustanciación a la mayor brevedad posible. Asimismo, se le informa que dispone de un lapso de nueve (09) días de despacho para la práctica de las aludidas notificaciones, contando éste desde el día siguiente que reciba la comisión.

Caracas, 22 de octubre de 2012.

La Presidenta,

JHANNETT MARÍA MADRIZ SOTILLO

La Secretaria,

P.C.G.

Exp. AA70-E-AA70-E-2012-000088

JMMS/pc

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

En veintidós (22) de octubre de 2012, se deja constancia que se libró comisión al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del estado Aragua (Distribuidor), a los fines de notificar a los ciudadanos M.C.G., S.C., H.D., C.O., J.F., J.N., F.B., M.A., A.P., V.R., J.A., C.d.L. y L.F.d. auto dictado el 22 de octubre de 2012.

La Secretaria,

P.C.G.

Exp. Nº AA70-E-2012-000088

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

Caracas, 22 de octubre de 2012

Oficio Nº 12-440

Ciudadano

Juez de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del estado Aragua (Distribuidor)

Su Despacho

Tengo a bien dirigirme a usted a los fines de dar cumplimiento a lo acordado en el auto de esta misma fecha, en el cual se comisionó para que se practiquen las notificaciones indicadas en el despacho que a tal fin se le remite en anexo. Todo relacionado con el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto por los ciudadanos E.J.C., A.C. y E.P., titulares de la cédula de identidad N° 4.776.720, 3.747.943 y 5.264.019, respectivamente, asistidos por el abogado N.J.Á.T., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 135.797, contra la Resolución N° 120726-0420 dictada por el C.N.E. en fecha 26 de julio de 2012, publicada en Gaceta Electoral N° 641 de fecha 07 de septiembre de 2012, que declaró: “CON LUGAR el Recurso Jerárquico interpuesto por los ciudadanos M.C.G., S.C., H.D., C.O., J.F., J.N., F.B., M.A., A.P., V.R., J.A., C.D.L. y L.F., actuando en su condición de trabajadores afiliados [a] sindicatos pertenecientes a la FEDERACIÓN DE TRABAJADORES DEL ESTADO ARAGUA (FETRARAGUA), contra la elección de la Comisión Electoral de dicha Federación. SEGUNDO: NULA la elección de la Comisión Electoral de dicha Federación”.

Atentamente,

JHANNETT MARÍA MADRIZ SOTILLO

Presidenta de la Sala Electoral

EXP. Nº AA70-E-2012-000088

JMMS

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

B O L E T A

Caracas, 22 de octubre de 2012

202º y 153º

SE HACE SABER:

A la ciudadana M.C.G., titular de la cédula de identidad N° 7.190.571, que este Juzgado de Sustanciación en esta misma fecha, admitió el recurso contencioso electoral interpuesto por los ciudadanos E.J.C., A.C. y E.P., titulares de la cédula de identidad N° 4.776.720, 3.747.943 y 5.264.019, respectivamente, asistidos por el abogado N.J.Á.T., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 135.797, contra la Resolución N° 120726-0420 dictada por el C.N.E. en fecha 26 de julio de 2012, publicada en Gaceta Electoral N° 641 de fecha 07 de septiembre de 2012, que declaró: “CON LUGAR el Recurso Jerárquico interpuesto por los ciudadanos M.C.G., S.C., H.D., C.O., J.F., J.N., F.B., M.A., A.P., V.R., J.A., C.D.L. y L.F., actuando en su condición de trabajadores afiliados [a] sindicatos pertenecientes a la FEDERACIÓN DE TRABAJADORES DEL ESTADO ARAGUA (FETRARAGUA), contra la elección de la Comisión Electoral de dicha Federación. SEGUNDO: NULA la elección de la Comisión Electoral de dicha Federación”. Asimismo en dicho auto se indicó que una vez que conste en autos las notificaciones de Ley, procederá a librar el cartel de emplazamiento a los interesados de conformidad con lo previsto en los artículos 186 y 189 de la mencionada Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. A tal fin se remite copia certificada del escrito recursivo y del mencionado auto.

Se servirá firmar al pie de la presente boleta, con indicación de la fecha en que esta notificación se lleve a cabo.

La Presidenta,

JHANNETT MARÍA MADRIZ SOTILLO

La Secretaria,

P.C.G.

Firma: ________________

Fecha: ________________

Se anexa lo indicado

Exp. Nº AA70-E-2012-000088

JMMS/pc

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

B O L E T A

Caracas, 22 de octubre de 2012

202º y 153º

SE HACE SABER:

Al ciudadano S.C., titular de la cédula de identidad N° 7.645.899, que este Juzgado de Sustanciación en esta misma fecha, admitió el recurso contencioso electoral interpuesto por los ciudadanos E.J.C., A.C. y E.P., titulares de la cédula de identidad N° 4.776.720, 3.747.943 y 5.264.019, respectivamente, asistidos por el abogado N.J.Á.T., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 135.797, contra la Resolución N° 120726-0420 dictada por el C.N.E. en fecha 26 de julio de 2012, publicada en Gaceta Electoral N° 641 de fecha 07 de septiembre de 2012, que declaró: “CON LUGAR el Recurso Jerárquico interpuesto por los ciudadanos M.C.G., S.C., H.D., C.O., J.F., J.N., F.B., M.A., A.P., V.R., J.A., C.D.L. y L.F., actuando en su condición de trabajadores afiliados [a] sindicatos pertenecientes a la FEDERACIÓN DE TRABAJADORES DEL ESTADO ARAGUA (FETRARAGUA), contra la elección de la Comisión Electoral de dicha Federación. SEGUNDO: NULA la elección de la Comisión Electoral de dicha Federación”. Asimismo en dicho auto se indicó que una vez que conste en autos las notificaciones de Ley, procederá a librar el cartel de emplazamiento a los interesados de conformidad con lo previsto en los artículos 186 y 189 de la mencionada Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. A tal fin se remite copia certificada del escrito recursivo y del mencionado auto.

Se servirá firmar al pie de la presente boleta, con indicación de la fecha en que esta notificación se lleve a cabo.La Presidenta,

JHANNETT MARÍA MADRIZ SOTILLO

La Secretaria,

P.C.G.

Firma: ________________

Fecha: ________________

Se anexa lo indicado

Exp. Nº AA70-E-2012-000088

JMMS/pc

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

B O L E T A

Caracas, 22 de octubre de 2012

202º y 153º

SE HACE SABER:

Al ciudadano H.D., titular de la cédula de identidad N° 7.268.907, que este Juzgado de Sustanciación en esta misma fecha, admitió el recurso contencioso electoral interpuesto por los ciudadanos E.J.C., A.C. y E.P., titulares de la cédula de identidad N° 4.776.720, 3.747.943 y 5.264.019, respectivamente, asistidos por el abogado N.J.Á.T., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 135.797, contra la Resolución N° 120726-0420 dictada por el C.N.E. en fecha 26 de julio de 2012, publicada en Gaceta Electoral N° 641 de fecha 07 de septiembre de 2012, que declaró: “CON LUGAR el Recurso Jerárquico interpuesto por los ciudadanos M.C.G., S.C., H.D., C.O., J.F., J.N., F.B., M.A., A.P., V.R., J.A., C.D.L. y L.F., actuando en su condición de trabajadores afiliados [a] sindicatos pertenecientes a la FEDERACIÓN DE TRABAJADORES DEL ESTADO ARAGUA (FETRARAGUA), contra la elección de la Comisión Electoral de dicha Federación. SEGUNDO: NULA la elección de la Comisión Electoral de dicha Federación”. Asimismo en dicho auto se indicó que una vez que conste en autos las notificaciones de Ley, procederá a librar el cartel de emplazamiento a los interesados de conformidad con lo previsto en los artículos 186 y 189 de la mencionada Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. A tal fin se remite copia certificada del escrito recursivo y del mencionado auto.

Se servirá firmar al pie de la presente boleta, con indicación de la fecha en que esta notificación se lleve a cabo.

La Presidenta,

JHANNETT MARÍA MADRIZ SOTILLO

La Secretaria,

P.C.G.

Firma: ________________

Fecha: ________________

Se anexa lo indicado

Exp. Nº AA70-E-2012-000088

JMMS/pc

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

B O L E T A

Caracas, 22 de octubre de 2012

202º y 153º

SE HACE SABER:

Al ciudadano C.O., titular de la cédula de identidad N° 4.378.513, que este Juzgado de Sustanciación en esta misma fecha, admitió el recurso contencioso electoral interpuesto por los ciudadanos E.J.C., A.C. y E.P., titulares de la cédula de identidad N° 4.776.720, 3.747.943 y 5.264.019, respectivamente, asistidos por el abogado N.J.Á.T., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 135.797, contra la Resolución N° 120726-0420 dictada por el C.N.E. en fecha 26 de julio de 2012, publicada en Gaceta Electoral N° 641 de fecha 07 de septiembre de 2012, que declaró: “CON LUGAR el Recurso Jerárquico interpuesto por los ciudadanos M.C.G., S.C., H.D., C.O., J.F., J.N., F.B., M.A., A.P., V.R., J.A., C.D.L. y L.F., actuando en su condición de trabajadores afiliados [a] sindicatos pertenecientes a la FEDERACIÓN DE TRABAJADORES DEL ESTADO ARAGUA (FETRARAGUA), contra la elección de la Comisión Electoral de dicha Federación. SEGUNDO: NULA la elección de la Comisión Electoral de dicha Federación”. Asimismo en dicho auto se indicó que una vez que conste en autos las notificaciones de Ley, procederá a librar el cartel de emplazamiento a los interesados de conformidad con lo previsto en los artículos 186 y 189 de la mencionada Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. A tal fin se remite copia certificada del escrito recursivo y del mencionado auto.

Se servirá firmar al pie de la presente boleta, con indicación de la fecha en que esta notificación se lleve a cabo.

La Presidenta,

JHANNETT MARÍA MADRIZ SOTILLO

La Secretaria,

P.C.G.

Firma: ________________

Fecha: ________________

Se anexa lo indicado

Exp. Nº AA70-E-2012-000088

JMMS/pc

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

B O L E T A

Caracas, 22 de octubre de 2012

202º y 153º

SE HACE SABER:

Al ciudadano J.F., titular de la cédula de identidad N° 4.568.338, que este Juzgado de Sustanciación en esta misma fecha, admitió el recurso contencioso electoral interpuesto por los ciudadanos E.J.C., A.C. y E.P., titulares de la cédula de identidad N° 4.776.720, 3.747.943 y 5.264.019, respectivamente, asistidos por el abogado N.J.Á.T., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 135.797, contra la Resolución N° 120726-0420 dictada por el C.N.E. en fecha 26 de julio de 2012, publicada en Gaceta Electoral N° 641 de fecha 07 de septiembre de 2012, que declaró: “CON LUGAR el Recurso Jerárquico interpuesto por los ciudadanos M.C.G., S.C., H.D., C.O., J.F., J.N., F.B., M.A., A.P., V.R., J.A., C.D.L. y L.F., actuando en su condición de trabajadores afiliados [a] sindicatos pertenecientes a la FEDERACIÓN DE TRABAJADORES DEL ESTADO ARAGUA (FETRARAGUA), contra la elección de la Comisión Electoral de dicha Federación. SEGUNDO: NULA la elección de la Comisión Electoral de dicha Federación”. Asimismo en dicho auto se indicó que una vez que conste en autos las notificaciones de Ley, procederá a librar el cartel de emplazamiento a los interesados de conformidad con lo previsto en los artículos 186 y 189 de la mencionada Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. A tal fin se remite copia certificada del escrito recursivo y del mencionado auto.

Se servirá firmar al pie de la presente boleta, con indicación de la fecha en que esta notificación se lleve a cabo.

La Presidenta,

JHANNETT MARÍA MADRIZ SOTILLO

La Secretaria,

P.C.G.

Firma: ________________

Fecha: ________________

Se anexa lo indicado

Exp. Nº AA70-E-2012-000088

JMMS/pc

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

B O L E T A

Caracas, 22 de octubre de 2012

202º y 153º

SE HACE SABER:

Al ciudadano J.N., titular de la cédula de identidad N° 7.181.239, que este Juzgado de Sustanciación en esta misma fecha, admitió el recurso contencioso electoral interpuesto por los ciudadanos E.J.C., A.C. y E.P., titulares de la cédula de identidad N° 4.776.720, 3.747.943 y 5.264.019, respectivamente, asistidos por el abogado N.J.Á.T., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 135.797, contra la Resolución N° 120726-0420 dictada por el C.N.E. en fecha 26 de julio de 2012, publicada en Gaceta Electoral N° 641 de fecha 07 de septiembre de 2012, que declaró: “CON LUGAR el Recurso Jerárquico interpuesto por los ciudadanos M.C.G., S.C., H.D., C.O., J.F., J.N., F.B., M.A., A.P., V.R., J.A., C.D.L. y L.F., actuando en su condición de trabajadores afiliados [a] sindicatos pertenecientes a la FEDERACIÓN DE TRABAJADORES DEL ESTADO ARAGUA (FETRARAGUA), contra la elección de la Comisión Electoral de dicha Federación. SEGUNDO: NULA la elección de la Comisión Electoral de dicha Federación”. Asimismo en dicho auto se indicó que una vez que conste en autos las notificaciones de Ley, procederá a librar el cartel de emplazamiento a los interesados de conformidad con lo previsto en los artículos 186 y 189 de la mencionada Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. A tal fin se remite copia certificada del escrito recursivo y del mencionado auto.

Se servirá firmar al pie de la presente boleta, con indicación de la fecha en que esta notificación se lleve a cabo.

La Presidenta,

JHANNETT MARÍA MADRIZ SOTILLO

La Secretaria,

P.C.G.

Firma: ________________

Fecha: ________________

Se anexa lo indicado

Exp. Nº AA70-E-2012-000088

JMMS/pc

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

B O L E T A

Caracas, 22 de octubre de 2012

202º y 153º

SE HACE SABER:

Al ciudadano F.B., titular de la cédula de identidad N° 6.962.712, que este Juzgado de Sustanciación en esta misma fecha, admitió el recurso contencioso electoral interpuesto por los ciudadanos E.J.C., A.C. y E.P., titulares de la cédula de identidad N° 4.776.720, 3.747.943 y 5.264.019, respectivamente, asistidos por el abogado N.J.Á.T., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 135.797, contra la Resolución N° 120726-0420 dictada por el C.N.E. en fecha 26 de julio de 2012, publicada en Gaceta Electoral N° 641 de fecha 07 de septiembre de 2012, que declaró: “CON LUGAR el Recurso Jerárquico interpuesto por los ciudadanos M.C.G., S.C., H.D., C.O., J.F., J.N., F.B., M.A., A.P., V.R., J.A., C.D.L. y L.F., actuando en su condición de trabajadores afiliados [a] sindicatos pertenecientes a la FEDERACIÓN DE TRABAJADORES DEL ESTADO ARAGUA (FETRARAGUA), contra la elección de la Comisión Electoral de dicha Federación. SEGUNDO: NULA la elección de la Comisión Electoral de dicha Federación”. Asimismo en dicho auto se indicó que una vez que conste en autos las notificaciones de Ley, procederá a librar el cartel de emplazamiento a los interesados de conformidad con lo previsto en los artículos 186 y 189 de la mencionada Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. A tal fin se remite copia certificada del escrito recursivo y del mencionado auto.

Se servirá firmar al pie de la presente boleta, con indicación de la fecha en que esta notificación se lleve a cabo.

La Presidenta,

JHANNETT MARÍA MADRIZ SOTILLO

La Secretaria,

P.C.G.

Firma: ________________

Fecha: ________________

Se anexa lo indicadoExp. Nº AA70-E-2012-000088

JMMS/pc

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

B O L E T A

Caracas, 22 de octubre de 2012

202º y 153º

SE HACE SABER:

Al ciudadano M.A., titular de la cédula de identidad N° 5.263.734, que este Juzgado de Sustanciación en esta misma fecha, admitió el recurso contencioso electoral interpuesto por los ciudadanos E.J.C., A.C. y E.P., titulares de la cédula de identidad N° 4.776.720, 3.747.943 y 5.264.019, respectivamente, asistidos por el abogado N.J.Á.T., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 135.797, contra la Resolución N° 120726-0420 dictada por el C.N.E. en fecha 26 de julio de 2012, publicada en Gaceta Electoral N° 641 de fecha 07 de septiembre de 2012, que declaró: “CON LUGAR el Recurso Jerárquico interpuesto por los ciudadanos M.C.G., S.C., H.D., C.O., J.F., J.N., F.B., M.A., A.P., V.R., J.A., C.D.L. y L.F., actuando en su condición de trabajadores afiliados [a] sindicatos pertenecientes a la FEDERACIÓN DE TRABAJADORES DEL ESTADO ARAGUA (FETRARAGUA), contra la elección de la Comisión Electoral de dicha Federación. SEGUNDO: NULA la elección de la Comisión Electoral de dicha Federación”. Asimismo en dicho auto se indicó que una vez que conste en autos las notificaciones de Ley, procederá a librar el cartel de emplazamiento a los interesados de conformidad con lo previsto en los artículos 186 y 189 de la mencionada Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. A tal fin se remite copia certificada del escrito recursivo y del mencionado auto.

Se servirá firmar al pie de la presente boleta, con indicación de la fecha en que esta notificación se lleve a cabo.

La Presidenta,

JHANNETT MARÍA MADRIZ SOTILLO

La Secretaria,

P.C.G.

Firma: ________________

Fecha: ________________

Se anexa lo indicado

Exp. Nº AA70-E-2012-000088

JMMS/pc

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

B O L E T A

Caracas, 22 de octubre de 2012

202º y 153º

SE HACE SABER:

Al ciudadano A.P., titular de la cédula de identidad N° 11.414.932, que este Juzgado de Sustanciación en esta misma fecha, admitió el recurso contencioso electoral interpuesto por los ciudadanos E.J.C., A.C. y E.P., titulares de la cédula de identidad N° 4.776.720, 3.747.943 y 5.264.019, respectivamente, asistidos por el abogado N.J.Á.T., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 135.797, contra la Resolución N° 120726-0420 dictada por el C.N.E. en fecha 26 de julio de 2012, publicada en Gaceta Electoral N° 641 de fecha 07 de septiembre de 2012, que declaró: “CON LUGAR el Recurso Jerárquico interpuesto por los ciudadanos M.C.G., S.C., H.D., C.O., J.F., J.N., F.B., M.A., A.P., V.R., J.A., C.D.L. y L.F., actuando en su condición de trabajadores afiliados [a] sindicatos pertenecientes a la FEDERACIÓN DE TRABAJADORES DEL ESTADO ARAGUA (FETRARAGUA), contra la elección de la Comisión Electoral de dicha Federación. SEGUNDO: NULA la elección de la Comisión Electoral de dicha Federación”. Asimismo en dicho auto se indicó que una vez que conste en autos las notificaciones de Ley, procederá a librar el cartel de emplazamiento a los interesados de conformidad con lo previsto en los artículos 186 y 189 de la mencionada Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. A tal fin se remite copia certificada del escrito recursivo y del mencionado auto.

Se servirá firmar al pie de la presente boleta, con indicación de la fecha en que esta notificación se lleve a cabo.

La Presidenta,

JHANNETT MARÍA MADRIZ SOTILLO

La Secretaria,

P.C.G.

Firma: ________________

Fecha: ________________

Se anexa lo indicado

Exp. Nº AA70-E-2012-000088

JMMS/pc

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

B O L E T A

Caracas, 22 de octubre de 2012

202º y 153º

SE HACE SABER:

A la ciudadana V.R., titular de la cédula de identidad N° 3.517.381, que este Juzgado de Sustanciación en esta misma fecha, admitió el recurso contencioso electoral interpuesto por los ciudadanos E.J.C., A.C. y E.P., titulares de la cédula de identidad N° 4.776.720, 3.747.943 y 5.264.019, respectivamente, asistidos por el abogado N.J.Á.T., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 135.797, contra la Resolución N° 120726-0420 dictada por el C.N.E. en fecha 26 de julio de 2012, publicada en Gaceta Electoral N° 641 de fecha 07 de septiembre de 2012, que declaró: “CON LUGAR el Recurso Jerárquico interpuesto por los ciudadanos M.C.G., S.C., H.D., C.O., J.F., J.N., F.B., M.A., A.P., V.R., J.A., C.D.L. y L.F., actuando en su condición de trabajadores afiliados [a] sindicatos pertenecientes a la FEDERACIÓN DE TRABAJADORES DEL ESTADO ARAGUA (FETRARAGUA), contra la elección de la Comisión Electoral de dicha Federación. SEGUNDO: NULA la elección de la Comisión Electoral de dicha Federación”. Asimismo en dicho auto se indicó que una vez que conste en autos las notificaciones de Ley, procederá a librar el cartel de emplazamiento a los interesados de conformidad con lo previsto en los artículos 186 y 189 de la mencionada Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. A tal fin se remite copia certificada del escrito recursivo y del mencionado auto.

Se servirá firmar al pie de la presente boleta, con indicación de la fecha en que esta notificación se lleve a cabo.

La Presidenta,

JHANNETT MARÍA MADRIZ SOTILLO

La Secretaria,

P.C.G.

Firma: ________________

Fecha: ________________

Se anexa lo indicado

Exp. Nº AA70-E-2012-000088

JMMS/pc

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

B O L E T A

Caracas, 22 de octubre de 2012

202º y 153º

SE HACE SABER:

Al ciudadano J.A., titular de la cédula de identidad N° 9.000.100, que este Juzgado de Sustanciación en esta misma fecha, admitió el recurso contencioso electoral interpuesto por los ciudadanos E.J.C., A.C. y E.P., titulares de la cédula de identidad N° 4.776.720, 3.747.943 y 5.264.019, respectivamente, asistidos por el abogado N.J.Á.T., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 135.797, contra la Resolución N° 120726-0420 dictada por el C.N.E. en fecha 26 de julio de 2012, publicada en Gaceta Electoral N° 641 de fecha 07 de septiembre de 2012, que declaró: “CON LUGAR el Recurso Jerárquico interpuesto por los ciudadanos M.C.G., S.C., H.D., C.O., J.F., J.N., F.B., M.A., A.P., V.R., J.A., C.D.L. y L.F., actuando en su condición de trabajadores afiliados [a] sindicatos pertenecientes a la FEDERACIÓN DE TRABAJADORES DEL ESTADO ARAGUA (FETRARAGUA), contra la elección de la Comisión Electoral de dicha Federación. SEGUNDO: NULA la elección de la Comisión Electoral de dicha Federación”. Asimismo en dicho auto se indicó que una vez que conste en autos las notificaciones de Ley, procederá a librar el cartel de emplazamiento a los interesados de conformidad con lo previsto en los artículos 186 y 189 de la mencionada Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. A tal fin se remite copia certificada del escrito recursivo y del mencionado auto.

Se servirá firmar al pie de la presente boleta, con indicación de la fecha en que esta notificación se lleve a cabo.

La Presidenta,

JHANNETT MARÍA MADRIZ SOTILLO

La Secretaria,

P.C.G.

Firma: ________________

Fecha: ________________

Se anexa lo indicado

Exp. Nº AA70-E-2012-000088

JMMS/pc

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

B O L E T A

Caracas, 22 de octubre de 2012

202º y 153º

SE HACE SABER:

A la ciudadana C.D.L., titular de la cédula de identidad N° 4.543.578, que este Juzgado de Sustanciación en esta misma fecha, admitió el recurso contencioso electoral interpuesto por los ciudadanos E.J.C., A.C. y E.P., titulares de la cédula de identidad N° 4.776.720, 3.747.943 y 5.264.019, respectivamente, asistidos por el abogado N.J.Á.T., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 135.797, contra la Resolución N° 120726-0420 dictada por el C.N.E. en fecha 26 de julio de 2012, publicada en Gaceta Electoral N° 641 de fecha 07 de septiembre de 2012, que declaró: “CON LUGAR el Recurso Jerárquico interpuesto por los ciudadanos M.C.G., S.C., H.D., C.O., J.F., J.N., F.B., M.A., A.P., V.R., J.A., C.D.L. y L.F., actuando en su condición de trabajadores afiliados [a] sindicatos pertenecientes a la FEDERACIÓN DE TRABAJADORES DEL ESTADO ARAGUA (FETRARAGUA), contra la elección de la Comisión Electoral de dicha Federación. SEGUNDO: NULA la elección de la Comisión Electoral de dicha Federación”. Asimismo en dicho auto se indicó que una vez que conste en autos las notificaciones de Ley, procederá a librar el cartel de emplazamiento a los interesados de conformidad con lo previsto en los artículos 186 y 189 de la mencionada Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. A tal fin se remite copia certificada del escrito recursivo y del mencionado auto.

Se servirá firmar al pie de la presente boleta, con indicación de la fecha en que esta notificación se lleve a cabo.

La Presidenta,

JHANNETT MARÍA MADRIZ SOTILLO

La Secretaria,

P.C.G.

Firma: ________________

Fecha: ________________

Se anexa lo indicado

Exp. Nº AA70-E-2012-000088

JMMS/pc

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

B O L E T A

Caracas, 22 de octubre de 2012

202º y 153º

SE HACE SABER:

A la ciudadana L.F., titular de la cédula de identidad N° 7.175.103, que este Juzgado de Sustanciación en esta misma fecha, admitió el recurso contencioso electoral interpuesto por los ciudadanos E.J.C., A.C. y E.P., titulares de la cédula de identidad N° 4.776.720, 3.747.943 y 5.264.019, respectivamente, asistidos por el abogado N.J.Á.T., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 135.797, contra la Resolución N° 120726-0420 dictada por el C.N.E. en fecha 26 de julio de 2012, publicada en Gaceta Electoral N° 641 de fecha 07 de septiembre de 2012, que declaró: “CON LUGAR el Recurso Jerárquico interpuesto por los ciudadanos M.C.G., S.C., H.D., C.O., J.F., J.N., F.B., M.A., A.P., V.R., J.A., C.D.L. y L.F., actuando en su condición de trabajadores afiliados [a] sindicatos pertenecientes a la FEDERACIÓN DE TRABAJADORES DEL ESTADO ARAGUA (FETRARAGUA), contra la elección de la Comisión Electoral de dicha Federación. SEGUNDO: NULA la elección de la Comisión Electoral de dicha Federación”. Asimismo en dicho auto se indicó que una vez que conste en autos las notificaciones de Ley, procederá a librar el cartel de emplazamiento a los interesados de conformidad con lo previsto en los artículos 186 y 189 de la mencionada Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. A tal fin se remite copia certificada del escrito recursivo y del mencionado auto. Se servirá firmar al pie de la presente boleta, con indicación de la fecha en que esta notificación se lleve a cabo.

La Presidenta,

JHANNETT MARÍA MADRIZ SOTILLO

La Secretaria,

P.C.G.

Firma: ________________

Fecha: ________________

Se anexa lo indicado

Exp. Nº AA70-E-2012-000088

JMMS/pc

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