Sentencia nº 1764 de Tribunal Supremo de Justicia - Sala Constitucional de 15 de Agosto de 2007

Fecha de Resolución15 de Agosto de 2007
EmisorSala Constitucional
PonentePonencia Conjunta
ProcedimientoOmisión Legislativa

SALA CONSTITUCIONAL

Caracas, 15 de agosto de 2007

Años 197º y 148º

El 21 de abril de 2005, el abogado H.I.M., titular de la cédula de identidad número 5.592.778, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 19.739, en su propio nombre, interpuso ante la Secretaría de esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela, acción de inconstitucionalidad por omisión legislativa en contra de la Asamblea Nacional, “por cuanto aún no han remitido la Ley sancionada el 16 de octubre de 2003 del Código de Ética del Juez o Jueza Venezolana al Presidente de la República Bolivariana para que se proceda a su promulgación en la Gaceta Oficial”.

El 1 de junio del año 2005 esta Sala Constitucional, mediante sentencia Nº 1057, se declaró COMPETENTE para conocer la solicitud planteada por el abogado H.I.M. y en la misma fecha la Sala Constitucional ADMITIÓ el planteamiento relacionado con la omisión de inconstitucionalidad por omisión legislativa contra la Asamblea Nacional y se ORDENÓ la remisión de la solicitud al Juzgado de Sustanciación para la conformación definitiva del expediente, la correspondiente práctica de las notificaciones de ley y la subsiguiente continuación del procedimiento, de conformidad con lo dispuesto en la sentencia, emanada de la Sala Constitucional, Nº 1645 de fecha 19 de agosto de 2004 (caso: Constitución Federal del Estado Falcón).

En la misma fecha (01-06-05), esta Sala ORDENÓ la sustitución de los ciudadanos E.G.G., L.Q. y B.H., quienes se desempeñaban como miembros integrantes de la Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial, por los ciudadanos C.Z. deM., quien la presidiría, Rosa Da’ S.G. y O.S.R.. Igualmente se designaron como Suplentes a los ciudadanos Belkys Useche de Fernández, G.G.R. e I.P..

El 22 de junio de 2005, se publicó la decisión N° 1057 de esta Sala Constitucional, del 01 de junio de 2005, en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 38.214, del 22 de junio de 2005.

El 19 de julio de 2005, la Sala Constitucional, mediante decisión N° 1793, de conformidad con lo establecido en el artículo 19, párrafo 10, de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia SUSPENDIÓ la aplicación del procedimiento dictado por la Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Poder Judicial, publicado en la Gaceta Oficial de la República de Venezuela N° 36.925 del 04 de Abril de 2000, por contener dicho instrumento jurídico disposiciones que coliden con los artículos 257 y 267 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. El 12 de agosto de 2005, se publicó la referida decisión en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 38.249.

Igualmente, en esa misma fecha esta Sala FACULTÓ a la Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial para que modificara el Reglamento de la precitada Comisión, con el fin de adecuarlo a la disposiciones constitucionales que establecen las características fundamentales de los procesos disciplinarios que han de aplicarse a los jueces y juezas venezolanos, de conformidad con lo establecido en los artículos 257 y 267 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; adoptase las medidas que fueran necesarias con el fin de reorganizar el funcionamiento del referido órgano y de su personal; procediera a designar el personal auxiliar que requiriera y dictase el Reglamento de Funcionamiento, en concordancia con el Decreto del Régimen de Transición del Poder Público; y elaborase un Proyecto de Código de Ética.

El 2 de agosto de 2005, se publicó en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 38.241, la Resolución por la cual se aprobó el Reglamento de la Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial.

Mediante decisión N° 2713, del 12 de agosto de 2005, la Sala dictó una medida cautelar dirigida a la Asamblea Nacional, con el fin de que “se mantenga en el estado en que se encuentra, el Proyecto de Código de Ética del Juez Venezolano o Jueza Venezolana, discutido en su seno, hasta tanto se dicte el fallo definitivo”.

El 26 de octubre de 2005, los ciudadanos Rosa Da’ S.G. y O.S.R., miembros principales de la Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial, SOLICITARON a la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia proceder a la reestructuración de la Comisión mediante la convocatoria del miembro suplente de la ciudadana C.Z. deM., quien fuera designada Presidenta de la Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial, mediante la decisión de la Sala Constitucional de fecha 01-06-05.

El 3 de noviembre de 2005 esta Sala DESIGNÓ a la ciudadana Belkys Useche de Fernández miembro principal de la Comisión, quien había sido inicialmente designada –el 1 de junio de 2005- como miembro suplente de la misma, reconstituyéndose la Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial, en cuya presidencia se designó al ciudadano O.S.R. y finalmente fueron ratificados los ciudadanos Rosa Da’ S.G. comisionada principal y los ciudadanos G.G.R. e I.P.R. como miembros suplentes del referido órgano.

El 18 de noviembre de 2005, se publicó en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 38.317 la Resolución por la cual se aprobó el Reglamento de la Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial (reimpreso por error material del ente emisor).

Con el fin de dar cumplimiento a las decisiones N° 1.057, del 1 de junio de 2005 y N° 1.957, del 19 de julio de 2005, dictadas por esta Sala, la Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial solicitó, mediante escrito del 30 de enero de 2006, a esta Sala Constitucional audiencia pública para presentar los resultados de la gestión desarrollada durante el lapso comprendido entre el 8 de junio de 2005 y el 31 de diciembre de 2005; la cual se llevó a cabo el 13 de febrero de 2006.

El 18 de mayo de 2006, la Sala mediante decisión Nº 1.048, confirmó la competencia para decidir la presente solicitud de declaratoria de inconstitucionalidad y declaró la inconstitucionalidad por omisión legislativa de la Asamblea Nacional de la República Bolivariana de Venezuela, con motivo del procedimiento legislativo iniciado para sancionar el denominado Proyecto de Código de Ética y Disciplina del Juez Venezolano o Jueza Venezolana y fijó un período de un año para que la Asamblea Nacional realice las consultas necesarias con todos los sectores del país, dada la trascendencia de la materia ético-judicial y así se dé efectivo cumplimiento al espíritu del artículo 211 constitucional.

Asimismo, la referida decisión ratificó como miembros principales de la Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial a los ciudadanos Rosa Da’ S.G., Belkys Useche de Fernández y O.S.R.; y designó como miembros suplentes de la Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial, a las ciudadanas I.P., Zhaydee Portocarrero y F.M.. Finalmente, dejó sin efecto la medida cautelar dictada por esta Sala mediante decisión N° 2713 del 12 de agosto de 2005.

ÚNICO

Visto que los ciudadanos O.S.R. y Rosa Da’ S.G., en su condición de Presidente y miembro principal de la Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial, presentaron a esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia la renuncia a los cargos que venían desempeñando en la referida Comisión, conforme a la sentencia Nº 1.057 del 1 de junio de 2005, dictada por esta Sala.

Esta Sala acuerda aceptar la renuncia presentada por los prenombrados ciudadanos; sin embargo, como quiera que la misma acarrea la falta de absoluta de dos de los miembros principales de la referida Comisión, lo cual impide el cumplimiento de las tareas encomendadas a ésta, la Sala procede a reestructurar la Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial, de la siguiente manera:

Primero

Se designa como Presidente al ciudadano D.A.N.C., C.I.: V-3.611.340.

Segundo

Se designa como miembro principal a la ciudadana A.G. deN., C.I.: V-3.282.864.

Tercero

Se ratifica a la ciudadana B.U. de Fernández como miembro principal.

Cuarto

Se ratifica a las ciudadanas I.P.R., F.M. y Zhaydée Portocarrero como miembros suplentes.

Se convoca a los designados para su juramentación, previa notificación, en el Salón de Audiencias de la Sala Constitucional de este alto Tribunal.

Publíquese y Regístrese. Cúmplase lo ordenado.

La Presidenta,

L.E.M.L.

El Vicepresidente,

J.E.C.R.

P.R.R.H.

Magistrado

F.A.C.L.

Magistrado

M.T.D.P.

Magistrado

C.Z. deM.

Magistrada

A.D.R.

Magistrado

El Secretario,

J.L.R.C.

Exp. Nº 05-0801

Ponencia Conjunta.

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