Sentencia nº 707 de Tribunal Supremo de Justicia - Juzgado de Sustanciación - Sala Electoral de 26 de Septiembre de 2013
Fecha de Resolución | 26 de Septiembre de 2013 |
Emisor | Juzgado de Sustanciación - Sala Electoral |
Ponente | Juzgado de Sustanciación |
Procedimiento | Auto de admisión |
SALA ELECTORAL
JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN
Caracas, 26 de septiembre de 2013
203º y 154°
En fecha 11 de julio de 2013 el abogado N.J.C.M., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 149.920, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos R.A. OJEDA BRICEÑO, MORELA A.P.B., I.K.M.P., V.P.F.L., V.L.M.G., YOSBELY R.O.G., Y.D.V.B.A., C.A.N., I.A.E.B., D.D.C.C.A. y JAVIMAR DEL VALLE M.M., titulares de la cédula de identidad N° 21.154.952, 15.333.908, 18.254.501, 18.194.337, 17.679.289, 17.065.580, 7.943.779, 17.776.640, 20.383.455, 21.238.768 y 20.316.918, respectivamente, interpuso recurso contencioso electoral contra, “las elecciones de Delegado de Prevención establecidas en le Ley Orgánica de Prevención Condiciones y Medio Ambiente del Trabajo (LOPCYMAT), realizadas el pasado 18 de Junio de 2013 en la sociedad mercantil SERVOFARMA, C.A.”.
En fecha 19 de septiembre de 2013, el ciudadano L.P., titular de la cédula de identidad N° 14.719.746, integrante de la Comisión Electoral de las elecciones de Delegados (as) de Prevención de la Entidad de Trabajo SERVOFARMA C.A., asistido por el abogado Jonelt J.F.S., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 142.781, consignó escrito contentivo del informe sobre los aspectos de hecho y de derecho, así como antecedentes administrativos relacionados con el recurso contencioso electoral, que le fueran solicitados por este Juzgado en fecha 15 de julio de 2013. En tal sentido corresponde a este Juzgado de Sustanciación resolver sobre la admisión del recurso, lo cual hace en los siguientes términos:
La Ley Orgánica de Procesos Electorales en su artículo 213 y la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia en sus artículos 179, 180, 181 y 183 contienen las causales de inadmisibilidad que deben ser analizadas al momento de emitir pronunciamiento sobre la admisibilidad del recurso contencioso electoral. En tal sentido este Juzgado de Sustanciación, constatado como ha sido que no se encuentran presentes en este caso las causales aludidas, admite cuanto ha lugar en derecho el presente recurso, y así se decide.
Notifíquese a la Comisión Electoral de las elecciones de Delegados (as) de Prevención de la Entidad de Trabajo SERVOFARMA C.A. y a la parte recurrente, anexándoles copia certificada del presente auto. Líbrese Oficio y Boleta. Asimismo, de conformidad con lo previsto en el artículo 186 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia se ordena notificar al Ministerio Público remitiéndole copia certificada del escrito libelar y del presente auto. Líbrese Oficio.
Igualmente, se ordena notificar al ciudadano W.A.M.G., titular de la cédula de identidad N° 17.891.350, y por cuanto no consta en autos domicilio del mismo, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, se acuerda librar cartel, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de la fijación en la cartelera de esta Sala Electoral de dicho cartel, se le tendrá por notificado. Líbrese Cartel.
Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 234 del Código de Procedimiento Civil, se acuerda comisionar al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo (Distribuidor), a los fines de notificar a la Comisión Electoral de las elecciones de Delegados (as) de Prevención de la Entidad de Trabajo SERVOFARMA C.A., conformada por los ciudadanos L.P., J.L. e I.M., los cuales puede ser ubicados en la Zona Industrial Castillito, Calle 97, Centro Comercial Ciudad V.I., Local 08, Municipio San Diego, Valencia, estado Carabobo, (negrillas y subrayado de este Juzgado) y a la parte recurrente con domicilio procesal: Avenida A.E.B., Centro Profesional Verona, Piso 4, Oficina 18, Sector S.C., Valencia, estado Carabobo, para lo cual se ordena librar despacho al mencionado Juzgado. En tal sentido, se le informa que dispone de un lapso de tres (03) días de despacho para la práctica de las aludidas notificaciones, contando éste desde el día siguiente que reciba la comisión la cual devolverá a la brevedad posible. Remítase copia certificada del presente auto. Líbrese Oficio y Despacho.
Finalmente este Juzgado de Sustanciación señala que una vez que conste en autos las notificaciones de Ley, procederá a librar el cartel de emplazamiento a los interesados de conformidad con lo previsto en los artículos 186 y 189 de la mencionada Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, cartel que deberá ser publicado en el diario “Últimas Noticias” y para ello dispondrá la parte recurrente de un plazo de siete (07) días de despacho a fin de retirar, publicar y consignar el mismo, con la advertencia de que si incumpliera con esta carga se declarará la perención de la instancia y se ordenará el archivo del expediente.
El Presidente,
F.R. VEGAS TORREALBA
La Secretaria,
P.C.G.
Exp. AA70-E-2013-000049
FRVT/pc
JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN
En veintiséis (26) de septiembre de 2013, se deja constancia que se libró comisión al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo (Distribuidor), a los fines de notificar a la parte recurrente, así como a la Comisión Electoral de las elecciones de Delegados (as) de Prevención de la Entidad de Trabajo SERVOFARMA C.A., el auto dictado en fecha 26 de septiembre de 2013.
La Secretaria,
P.C.G.
Exp. Nº AA70-E-2013-000049
JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN
Caracas, 26 de septiembre de 2013
Oficio Nº 13-464
Ciudadano
Juez de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo (Distribuidor)
Su Despacho
Tengo a bien dirigirme a usted a los fines de dar cumplimiento a lo acordado en el auto de esta misma fecha, en el cual se comisionó para practicar las notificaciones indicadas en el despacho que a tal fin se le remite en anexo. Todo relacionado con el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto por el abogado N.J.C.M., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 149.920, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos R.A. OJEDA BRICEÑO, MORELA A.P.B., I.K.M.P., V.P.F.L., V.L.M.G., YOSBELY R.O.G., Y.D.V.B.A., C.A.N., I.A.E.B., D.D.C.C.A. y JAVIMAR DEL VALLE M.M., titulares de la cédula de identidad N° 21.154.952, 15.333.908, 18.254.501, 18.194.337, 17.679.289, 17.065.580, 7.943.779, 17.776.640, 20.383.455, 21.238.768 y 20.316.918, respectivamente, contra “las elecciones de Delegado de Prevención establecidas en le Ley Orgánica de Prevención Condiciones y Medio Ambiente del Trabajo (LOPCYMAT), realizadas el pasado 18 de Junio de 2013 en la sociedad mercantil SERVOFARMA, C.A.”.
Atentamente,
F.R. VEGAS TORREALBA
Presidente de la Sala Electoral
EXP. Nº AA70-E-2013-000049
ANEXO: LO INDICADO
FRVT
JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN
TRIBUNAL COMISIONADO: Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo (Distribuidor)
TRIBUNAL COMITENTE: Juzgado de Sustanciación de la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia
HACE SABER:
Que en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto por el abogado N.J.C.M., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 149.920, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos R.A. OJEDA BRICEÑO, MORELA A.P.B., I.K.M.P., V.P.F.L., V.L.M.G., YOSBELY R.O.G., Y.D.V.B.A., C.A.N., I.A.E.B., D.D.C.C.A. y JAVIMAR DEL VALLE M.M., titulares de la cédula de identidad N° 21.154.952, 15.333.908, 18.254.501, 18.194.337, 17.679.289, 17.065.580, 7.943.779, 17.776.640, 20.383.455, 21.238.768 y 20.316.918, respectivamente, contra “las elecciones de Delegado de Prevención establecidas en le Ley Orgánica de Prevención Condiciones y Medio Ambiente del Trabajo (LOPCYMAT), realizadas el pasado 18 de Junio de 2013 en la sociedad mercantil SERVOFARMA, C.A”, este Juzgado acordó comisionar para notificar a la parte recurrente, así como a la Comisión Electoral de las elecciones de Delegados (as) de Prevención de la Entidad de Trabajo SERVOFARMA C.A., del auto dictado en fecha 26 de septiembre de 2013. A tal fin se remiten Boleta y Oficio de notificación.
Que cumplida como haya sido la presente comisión se le intima devolver los originales con sus resultas a este Juzgado a la mayor brevedad posible. Asimismo, se le informa que dispone de un lapso de tres (03) días de despacho para la práctica de las aludidas notificaciones, contando éste desde el día siguiente que reciba la comisión.
Caracas, 26 de septiembre de 2013.
El Presidente,
F.R. VEGAS TORREALBA
La Secretaria,
P.C.G.
Exp. AA70-E-2013-000049
FRVT/pc
JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN
B O L E T A
Caracas, 26 de septiembre de 2013
203º y 154º
SE HACE SABER:
A los ciudadanos R.A. OJEDA BRICEÑO, MORELA A.P.B., I.K.M.P., V.P.F.L., V.L.M.G., YOSBELY R.O.G., Y.D.V.B.A., C.A.N., I.A.E.B., D.D.C.C.A. y JAVIMAR DEL VALLE M.M., titulares de la cédula de identidad N° 21.154.952, 15.333.908, 18.254.501, 18.194.337, 17.679.289, 17.065.580, 7.943.779, 17.776.640, 20.383.455, 21.238.768 y 20.316.918, respectivamente, y/o su apoderado judicial abogado N.J.C.M., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 149.920, que este Juzgado de Sustanciación en esta misma fecha admitió el recurso contencioso electoral interpuesto por Ustedes, contra “las elecciones de Delegado de Prevención establecidas en le Ley Orgánica de Prevención Condiciones y Medio Ambiente del Trabajo (LOPCYMAT), realizadas el pasado 18 de Junio de 2013 en la sociedad mercantil SERVOFARMA, C.A”. Asimismo en dicho auto se indicó que una vez que conste en autos las notificaciones de Ley, procederá a librar el cartel de emplazamiento a los interesados de conformidad con lo previsto en los artículos 186 y 189 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, cartel que deberá ser publicado en el diario “Últimas Noticias” y para ello dispondrá la parte recurrente de un plazo de siete (07) días de despacho a fin de retirar, publicar y consignar el mismo, con la advertencia de que si incumpliera con esta carga se declarará la perención de la instancia y se ordenará el archivo del expediente. Se remite copia certificada del mencionado auto.Se servirán firmar al pie de la presente boleta, con indicación de la fecha en que esta notificación se lleve a cabo.
El Presidente,
F.R. VEGAS TORREALBA
La Secretaria,
P.C.G.
Firma: ________________
Fecha: ________________
Se anexa lo indicado
Exp. Nº AA70-E-2013-000049
FRVT/pc
JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN
Caracas, 26 de septiembre de 2013
Oficio Nº 13-465
Ciudadanos
L.P., J.L. E I.M.
Integrantes de la Comisión Electoral de las elecciones de Delegados (as) de Prevención de la Entidad de Trabajo SERVOFARMA C.A.
Su Despacho
Me dirijo a ustedes a fin de de notificarles, que en esta misma fecha este Juzgado de Sustanciación dictó auto mediante el cual admitió el recurso contencioso electoral interpuesto por el abogado N.J.C.M., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 149.920, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos R.A. OJEDA BRICEÑO, MORELA A.P.B., I.K.M.P., V.P.F.L., V.L.M.G., YOSBELY R.O.G., Y.D.V.B.A., C.A.N., I.A.E.B., D.D.C.C.A. y JAVIMAR DEL VALLE M.M., titulares de la cédula de identidad N° 21.154.952, 15.333.908, 18.254.501, 18.194.337, 17.679.289, 17.065.580, 7.943.779, 17.776.640, 20.383.455, 21.238.768 y 20.316.918, respectivamente, contra “las elecciones de Delegado de Prevención establecidas en le Ley Orgánica de Prevención Condiciones y Medio Ambiente del Trabajo (LOPCYMAT), realizadas el pasado 18 de Junio de 2013 en la sociedad mercantil SERVOFARMA, C.A.”. Asimismo se les informa que en dicho auto se indicó que una vez que conste en autos las notificaciones de Ley, procederá a librar el cartel de emplazamiento a los interesados de conformidad con lo previsto en los artículos 186 y 189 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. Se remite copia certificada del auto de fecha 26 de septiembre de 2013.
Atentamente,
F.R. VEGAS TORREALBA
Presidente de la Sala Electoral
EXP. Nº AA70-E-2013-000049
ANEXO: LO INDICADO
FRVT
JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN
Caracas, 26 de septiembre de 2013
203º y 154°
Oficio Nº 13-466
Ciudadana
L.O. DÍAZ
Fiscal General de la República Bolivariana de Venezuela
Su Despacho
A los fines de su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 186 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, cumplo con remitir a usted en anexo, copia certificada del escrito contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto por el abogado N.J.C.M., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 149.920, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos R.A. OJEDA BRICEÑO, MORELA A.P.B., I.K.M.P., V.P.F.L., V.L.M.G., YOSBELY R.O.G., Y.D.V.B.A., C.A.N., I.A.E.B., D.D.C.C.A. y JAVIMAR DEL VALLE M.M., titulares de la cédula de identidad N° 21.154.952, 15.333.908, 18.254.501, 18.194.337, 17.679.289, 17.065.580, 7.943.779, 17.776.640, 20.383.455, 21.238.768 y 20.316.918, respectivamente, contra “las elecciones de Delegado de Prevención establecidas en le Ley Orgánica de Prevención Condiciones y Medio Ambiente del Trabajo (LOPCYMAT), realizadas el pasado 18 de Junio de 2013 en la sociedad mercantil SERVOFARMA, C.A.”. Asimismo cumplo con notificarle que este Juzgado de Sustanciación en fecha 26 de septiembre de 2013 dictó auto mediante el cual admitió el referido recurso, e indicó que una vez que conste en autos las notificaciones de Ley, procederá a librar el cartel de emplazamiento a los interesados de conformidad con lo previsto en los artículos 186 y 189 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. Se remite copia certificada del auto de admisión dictado en fecha 26 de septiembre de 2013.
Atentamente,
F.R. VEGAS TORREALBA
Presidente de la Sala Electoral
Exp. Nº AA70-E-2013-000049
FRVT
CARTEL
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA ELECTORAL
JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN
Caracas, 26 de septiembre de 2013
203º y 154º
SE HACE SABER:
Al ciudadano W.A.M.G., titular de la cédula de identidad N° 17.891.350, que en esta misma fecha este Juzgado de Sustanciación dictó auto mediante el cual admitió el recurso contencioso electoral interpuesto por el abogado N.J.C.M., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 149.920, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos R.A. OJEDA BRICEÑO, MORELA A.P.B., I.K.M.P., V.P.F.L., V.L.M.G., YOSBELY R.O.G., Y.D.V.B.A., C.A.N., I.A.E.B., D.D.C.C.A. y JAVIMAR DEL VALLE M.M., titulares de la cédula de identidad N° 21.154.952, 15.333.908, 18.254.501, 18.194.337, 17.679.289, 17.065.580, 7.943.779, 17.776.640, 20.383.455, 21.238.768 y 20.316.918, respectivamente, contra “las elecciones de Delegado de Prevención establecidas en le Ley Orgánica de Prevención Condiciones y Medio Ambiente del Trabajo (LOPCYMAT), realizadas el pasado 18 de Junio de 2013 en la sociedad mercantil SERVOFARMA, C.A.”. Asimismo cumplo con notificarle que en dicho auto se indicó que una vez que conste en autos las notificaciones de Ley, procederá a librar el cartel de emplazamiento a los interesados de conformidad con lo previsto en los artículos 186 y 189 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. A tal efecto, se libra el presente cartel de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la mencionada Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de esta Sala Electoral del presente cartel, se le tendrá por notificado.
El Presidente,
F.R. VEGAS TORREALBA La Secretaria,
P.C.G.
Exp. Nº AA70-E-2013-000049
FRVT/pc