Sentencia nº 0531 de Tribunal Supremo de Justicia - Juzgado de Sustanciación - Sala de Casación Civil de 1 de Abril de 2003

Fecha de Resolución 1 de Abril de 2003
EmisorJuzgado de Sustanciación - Sala de Casación Civil
PonenteFranklin Arrieche Gutiérrez
ProcedimientoAuto ordenando certificación

AA20-C-2003-000074

F.A.G.

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

Caracas, 01 de Abril de 2003. Años 192º y 144º.

Practíquese por Secretaría el cómputo de los cuarenta (40) días para formalizar en este juicio, incluyendo el término de la distancia, a partir del día siguiente al último de los diez (10) días de despacho que acuerda la Ley para el anuncio del recurso de casación, aplicando el acuerdo de la Corte en Pleno de fecha cinco (05) de agosto de 1987, en el cual se dispuso que los períodos de vacaciones judiciales de la Corte Suprema de Justicia, comprendidos del 15 de agosto al 15 de septiembre y del 24 de diciembre al 06 de enero, ambos inclusive, no serán computados a los efectos del lapso del recurso de casación.

El Presidente de la Sala,

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FRANKLIN ARRIECHE G.

La Secretaria,

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ADRIANA PADILLA ALFONZO

La Secretaria de la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, de acuerdo con lo expresado en el auto precedente, hace constar que el lapso para formalizar en este juicio, incluyendo el término de la distancia, comenzó a correr el día 20 de diciembre de 2002, día siguiente al último de los diez (10) días de despacho que se dan para el anuncio del recurso de casación, y venció el día 19 de febrero de 2003, sin que hasta hoy se haya recibido en Secretaría el correspondiente escrito de formalización. Caracas, 01 de Abril de 2003.

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