Sentencia nº 0583 de Tribunal Supremo de Justicia - Juzgado de Sustanciación - Sala de Casación Social de 24 de Mayo de 2007

Fecha de Resolución24 de Mayo de 2007
EmisorJuzgado de Sustanciación - Sala de Casación Social
PonenteLuis Eduardo Franceschi Gutiérrez
ProcedimientoAuto de ordenando certificación de copias

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN SOCIAL

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA. SALA DE CASACIÓN SOCIAL.

Caracas, 19 de MAYO de 2008. Años: 198º y 149º

Por cuanto en la sentencia Nº 407, publicada en fecha 10 de abril del año 2008 por esta Sala de Casación Social, se incurrió en error en su dispositivo al remitir el expediente, pasa este alto Tribunal a subsanar el mismo en los siguientes términos:

En la página N° 9 del mencionado fallo, se lee: “Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Maracaibo, a los fines legales consiguientes. Particípese de esta decisión al Juzgado Superior de origen, antes identificado”. Lo anterior debe suprimirse y sustituirse como a continuación se indica: “Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los fines legales consiguientes. Particípese de esta decisión al Juzgado Superior de origen, antes identificado.”.

Queda así subsanado el punto en referencia.

El Presidente de la Sala (e),

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J.R. PERDOMO

El Secretario,

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J.E.R. NOGUERA

Exp. Nº RC 07-1188

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