Sentencia nº 118 de Tribunal Supremo de Justicia - Juzgado de Sustanciación - Sala Electoral de 20 de Febrero de 2013

Fecha de Resolución20 de Febrero de 2013
EmisorJuzgado de Sustanciación - Sala Electoral
PonenteJuzgado de Sustanciación
ProcedimientoAuto de admisión

SALA ELECTORAL

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

Caracas, 20 de febrero de 2013

202º y 154°

En fecha 09 de agosto de 2012 los ciudadanos C.D.R.L., D.J.R.P. y J.N.R.M., titulares de la cédula de identidad N° 9.181.922, 3.997.590 y 5.674.921, respectivamente, asistidos por las abogadas B.J.B. y Robertina del C.V. de M., inscritas en el Inpreabogado bajo el número 31.068 y 17.803, respectivamente, interpusieron de conformidad con el artículo 182 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia por ante el Juzgado Superior Tercero en lo Civil, M., del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, recurso contencioso electoral contra el Consejo Universitario de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (UNET), “a los fines que se declare la Nulidad absoluta del REGLAMENTO ELECTORAL con el que se efectuaron las elecciones de Autoridades período 2012-2016 y Decanos período 2012-2015, aprobado por el Consejo Universitario de la UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL DEL TÁCHIRA (U.N.E.T.), en Sesión extraordinario N° 003/2012 de fecha 07 de febrero de 2012”.

En fecha 13 de febrero de 2013 se dio cuenta en la Sala de comunicación recibida el 08 de febrero de 2013, suscrita por los ciudadanos J.V.S.F. y O.M.H., actuando con el carácter de Rector-Presidente y Secretario del Consejo Universitario de la Universidad Nacional Experimental del Táchira, respectivamente, mediante la cual señalan que en atención al Oficio N° 12-453 de fecha 30 de octubre de 2012, remiten informe sobre los aspectos de hecho y de derecho, así como los antecedentes administrativos relacionados con el recurso contencioso electoral, requerido por este Juzgado de Sustanciación mediante auto de fecha 17 de septiembre de 2012.

En tal sentido corresponde a este Juzgado de Sustanciación resolver sobre la admisión del mencionado recurso, lo cual hace en los siguientes términos:

La Ley Orgánica de Procesos Electorales en su artículo 213 y la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia en sus artículos 179, 180, 181 y 183 contienen las causales que deben ser analizadas al momento de emitir pronunciamiento sobre la admisibilidad del recurso contencioso electoral. En tal sentido este Juzgado de Sustanciación, constatado que no se encuentran presentes en este caso ninguna de dichas causales, admite cuanto ha lugar en derecho el presente recurso, y así se decide.

N. al Consejo Universitario de la Universidad Nacional Experimental del Táchira y a la parte recurrente, ciudadanos CARLOS DELFIN ROSALES LÓPEZ, D.J.R.P. y J.N.R.M., anexándoles copia certificada del presente auto. L.O. y B.. Asimismo, de conformidad con lo previsto en el artículo 186 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia se ordena notificar al Ministerio Público remitiéndole copia certificada del escrito libelar y del presente auto. L.O..

Ahora bien de conformidad con lo dispuesto en el artículo 234 del Código de Procedimiento Civil, se comisiona al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, M. y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, con sede en San Cristóbal (Distribuidor), a los fines de que practique las diligencias necesarias para notificar al Consejo Universitario de la Universidad Nacional Experimental del Táchira, ubicado en la Avenida Universidad Paramillo, Sede Principal, Edificio Administrativo, San Cristóbal, estado Táchira, Apartado Postal N° 60396. Teléfono 0276-3530447 y a la parte recurrente con domicilio procesal en la Avenida Universidad Paramillo, Sede Principal, Sede Asociación Sindical de Empleados Administrativos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira, San Cristóbal, estado Táchira. En tal sentido, se le informa a dicho Tribunal que dispone de un lapso de tres (03) días de despacho para la práctica de las aludidas notificaciones, contando éste desde el día siguiente que reciba la comisión, la cual devolverá a la brevedad posible. R. copia certificada del presente auto. L.O. y Despacho.

Finalmente este Juzgado de Sustanciación señala que una vez que conste en autos las notificaciones de Ley, procederá a librar el cartel de emplazamiento a los interesados de conformidad con lo previsto en los artículos 186 y 189 de la mencionada Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, cartel que deberá ser publicado en el diario “Últimas Noticias”, y para ello dispondrá la parte recurrente de un plazo de siete (07) días de despacho a fin de retirar, publicar y consignar el mismo, con la advertencia de que si incumpliera con esta carga, se declarará la perención de la instancia y se ordenará el archivo del expediente.

La Presidenta,

J.M.M.S.

La Secretaria,

PATRICIA CORNET GARCÍA

Exp. Nº AA70-E-2012-000078

JMMS/pc

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

B O L E T A

Caracas, 20 de febrero de 2013

202º y 154º

SE HACE SABER:

A los ciudadanos C.D.R.L., D.J.R.P. y J.N.R.M., titulares de la cédula de identidad N° 9.181.922, 3.997.590 y 5.674.921, respectivamente, y/o sus apoderadas judiciales abogadas B.J.B. y Robertina del C.V. de M., inscritas en el Inpreabogado bajo el número 31.068 y 17.803, respectivamente, que este Juzgado de Sustanciación en esta misma fecha, admitió el recurso contencioso electoral interpuesto por Ustedes, contra el Consejo Universitario de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (UNET), ), “a los fines que se declare la Nulidad absoluta del REGLAMENTO ELECTORAL con el que se efectuaron las elecciones de Autoridades período 2012-2016 y Decanos período 2012-2015, aprobado por el Consejo Universitario de la UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL DEL TÁCHIRA (U.N.E.T.), en Sesión extraordinario N° 003/2012 de fecha 07 de febrero de 2012”. Asimismo en dicho auto se indicó que una vez que conste en autos las notificaciones de Ley, procederá a librar el cartel de emplazamiento a los interesados de conformidad con lo previsto en los artículos 186 y 189 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, cartel que deberá ser publicado en el diario “Últimas Noticias”, y para ello dispondrá la parte recurrente de un plazo de siete (07) días de despacho a fin de retirar, publicar y consignar el mismo, con la advertencia de que si incumpliera con esta carga, se declarará la perención de la instancia y se ordenará el archivo del expediente. Se remite copia certificada del mencionado auto.

Se servirán firmar al pie de la presente boleta, con indicación de la fecha en que esta notificación se lleve a cabo.

La Presidenta,

J.M.M.S.

La Secretaria,

PATRICIA CORNET GARCÍA

Firma: ________________

Fecha: ________________

Se anexa lo indicado

Exp. Nº AA70-E-2012-000078

JMMS/pc

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

Caracas, 20 de febrero de 2013

202º y 154°

Oficio Nº 13-092

Ciudadano

José Vicente Sánchez Frank

Rector-Presidente del Consejo Universitario de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (UNET) y Demás Miembros.

Su Despacho

Tengo a bien dirigirme a ustedes a fin de notificarles, que en esta misma fecha este Juzgado de Sustanciación dictó auto mediante el cual admitió el recurso contencioso electoral interpuesto por los ciudadanos C.D.R.L., D.J.R.P. y J.N.R.M., titulares de la cédula de identidad N° 9.181.922, 3.997.590 y 5.674.921, respectivamente, asistidos por las abogadas B.J.B. y Robertina del C.V. de M., inscritas en el Inpreabogado bajo el número 31.068 y 17.803, respectivamente, contra el Consejo Universitario de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (UNET), ), “a los fines que se declare la Nulidad absoluta del REGLAMENTO ELECTORAL con el que se efectuaron las elecciones de Autoridades período 2012-2016 y Decanos período 2012-2015, aprobado por el Consejo Universitario de la UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL DEL TÁCHIRA (U.N.E.T.), en Sesión extraordinario N° 003/2012 de fecha 07 de febrero de 2012”. Se remite copia certificada del mencionado auto.

Atentamente,

JHANNETT MARÍA MADRIZ SOTILLO

Presidenta de la Sala Electoral

Exp. Nº AA70-E-2012-000078

JMMS

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

Caracas, 20 de febrero de 2013

202º y 154°

Oficio Nº 13-093

Ciudadana

LUISA ORTEGA DÍAZ

Fiscal General de la República Bolivariana de Venezuela

Su Despacho

A los fines de su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 186 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, cumplo con remitir a usted en anexo, copia certificada del escrito contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto por los ciudadanos C.D.R.L., D.J.R.P. y J.N.R.M., titulares de la cédula de identidad N° 9.181.922, 3.997.590 y 5.674.921, respectivamente, asistidos por las abogadas B.J.B. y Robertina del C.V. de M., inscritas en el Inpreabogado bajo el número 31.068 y 17.803, respectivamente, contra el Consejo Universitario de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (UNET), ), “a los fines que se declare la Nulidad absoluta del REGLAMENTO ELECTORAL con el que se efectuaron las elecciones de Autoridades período 2012-2016 y Decanos período 2012-2015, aprobado por el Consejo Universitario de la UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL DEL TÁCHIRA (U.N.E.T.), en Sesión extraordinario N° 003/2012 de fecha 07 de febrero de 2012”. Asimismo, se remite copia certificada del auto de admisión dictado en fecha 20 de febrero de 2013.

Atentamente,

JHANNETT MARÍA MADRIZ SOTILLO

Presidenta de la Sala Electoral

Exp. Nº AA70-E-2012-000078

JMMS

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

En veinte (20) de febrero de 2013, se deja constancia que se libró comisión al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, M. y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, con sede en San Cristóbal (Distribuidor), a los fines de notificar Consejo Universitario de la Universidad Nacional Experimental del Táchira y a la parte recurrente del auto de admisión dictado en fecha 20 de febrero de 2013.

La Secretaria,

PATRICIA CORNET GARCÍA

Exp. Nº AA70-E-2012-000078

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

Caracas, 20 de febrero de 2013

Oficio Nº 13-091

Ciudadano

Juez de Primera Instancia en lo Civil, M. y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, con sede en San Cristóbal (Distribuidor)

Su Despacho

Tengo a bien dirigirme a usted a los fines de dar cumplimiento a lo acordado en el auto de esta misma fecha, en el cual se comisionó para practicar las notificaciones indicadas en el despacho que a tal fin se le remite en anexo. Todo relacionado con el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto por los ciudadanos C.D.R.L., D.J.R.P. y J.N.R.M., titulares de la cédula de identidad N° 9.181.922, 3.997.590 y 5.674.921, respectivamente, asistidos por las abogadas B.J.B. y Robertina del C.V. de M., inscritas en el Inpreabogado bajo el número 31.068 y 17.803, respectivamente, contra el Consejo Universitario de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (UNET), ), “a los fines que se declare la Nulidad absoluta del REGLAMENTO ELECTORAL con el que se efectuaron las elecciones de Autoridades período 2012-2016 y Decanos período 2012-2015, aprobado por el Consejo Universitario de la UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL DEL TÁCHIRA (U.N.E.T.), en Sesión extraordinario N° 003/2012 de fecha 07 de febrero de 2012”.

Atentamente,

JHANNETT MARÍA MADRIZ SOTILLO

Presidenta de la Sala Electoral

EXP. Nº AA70-E-2012-000078

JMMS

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

TRIBUNAL COMISIONADO: Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, M. y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Táchira con sede en San Cristóbal (Distribuidor)

TRIBUNAL COMITENTE: Juzgado de Sustanciación de la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia

HACE SABER:

Que en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto por los ciudadanos C.D.R.L., D.J.R.P. y J.N.R.M., titulares de la cédula de identidad N° 9.181.922, 3.997.590 y 5.674.921, respectivamente, asistidos por las abogadas B.J.B. y Robertina del C.V. de M., inscritas en el Inpreabogado bajo el número 31.068 y 17.803, respectivamente, contra el Consejo Universitario de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (UNET), ), “a los fines que se declare la Nulidad absoluta del REGLAMENTO ELECTORAL con el que se efectuaron las elecciones de Autoridades período 2012-2016 y Decanos período 2012-2015, aprobado por el Consejo Universitario de la UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL DEL TÁCHIRA (U.N.E.T.), en Sesión extraordinario N° 003/2012 de fecha 07 de febrero de 2012”; este Juzgado acordó comisionar para notificar al Consejo Universitario de la Universidad Nacional Experimental del Táchira y a la parte recurrente, del auto de admisión dictado en fecha 20 de febrero de 2013. A tal fin se remiten oficio y boleta de notificación.

Que cumplida como haya sido la presente comisión se le intima devolver los originales con sus resultas a este Juzgado a la mayor brevedad posible. Asimismo, se le informa que dispone de un lapso de tres (03) días de despacho para la práctica de las aludidas notificaciones, contando éste desde el día siguiente que reciba la comisión.

Caracas, 20 de febrero de 2013.

La Presidenta,

J.M.M.S.

La Secretaria,

PATRICIA CORNET GARCÍA

Exp. AA70-E-2012-000078

JMMS/pc

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