Sentencia nº 435 de Tribunal Supremo de Justicia - Juzgado de Sustanciación - Sala Electoral de 17 de Marzo de 2016

Fecha de Resolución17 de Marzo de 2016
EmisorJuzgado de Sustanciación - Sala Electoral
PonenteJuzgado de Sustanciación
ProcedimientoAuto ordenando notificación

Numero : 435 N° Expediente : 2015-000040 Fecha: 17/03/2016 Procedimiento:

Auto ordenando notificación

Partes:

A.J.V.R., D.A.H. y W.W.G.L., interponen recurso contencioso de nulidad conjuntamente con amparo cautelar contra el acta dictada el 10 de noviembre de 2014 y el oficio N° SCA-DL-3176, de fecha 11 de noviembre de 2014 emanados de la Superintendencia de Caja de Ahorros ente adscrito al Ministerio del Poder popular para Economía, Finanzas y Banca Pública de la República Bolivariana de Venezuela.

Decisión:

Vista la Sentencia N° 10 dictada por la Sala Electoral en fecha 24-02-2016, este Juzgado de Sustanciación acordó notificar a los ciudadanos A.J.V.R., D.A.Q.H. y W.W.G.L. (parte recurrente), a la Superintendencia de Cajas de Ahorro adscrita al Ministerio del Poder Popular para la Banca y Finanzas, a la Comisión Electoral de la Caja Ahorros de los Trabajadores del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (CATIVSS), a la Procuraduría General de la República Bolivariana de Venezuela y al Ministerio Público. Se libró Boleta y Oficios Nos. 16.213, 16.214, 16.215 y 16.216.

Ponente:

Juzgado de Sustanciación ----VLEX----

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

Caracas, 17 de marzo de 2016

205º y 157º

Vista la Sentencia N° 10 dictada en fecha 24 de febrero de 2016, mediante la cual esta Sala Electoral declaró LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, respecto del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, se acuerda notificar a los ciudadanos A.J.V.R., D.A.Q.H. y W.W.G.L. (parte recurrente), a la Superintendencia de Cajas de Ahorro adscrita al Ministerio del Poder Popular para la Banca y Finanzas, a la Comisión Electoral de la Caja Ahorros de los Trabajadores del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (CATIVSS), a la Procuraduría General de la República Bolivariana de Venezuela y al Ministerio Público. Remítaseles copia certificada del referido fallo. Líbrese Boleta y Oficios.

El Presidente (E),

M.G.R.

La Secretaria (E),

INTIANA L.P.

Exp. Nº AA70-E-2015-000040

MGR//ilp/mj/dp

B O L E T A

Caracas, 17 de marzo de 2016

205º y 157º

SE HACE SABER:

A los ciudadanos A.J.V.R., D.A.Q.H. y W.W.G.L., titulares de la cédula de identidad números 10.295.003, 15.584.426 y 19.351.834, respectivamente, parte recurrente, que esta Sala Electoral en fecha 24 de febrero de 2016 dictó Sentencia N° 10 en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud cautelar de amparo constitucional por Ustedes, actuando con el carácter de Presidente, Secretario del C.d.A. y Secretario del C.d.V. de la CAJA DE AHORROS DE LOS TRABAJADORES DEL INSTITUTO VENEZOLANO DE LOS SEGUROS SOCIALES (CATIVSS), asistidos por el abogado M.J.C.P., inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado N° 131.766, contra “el acta dictada el 10 de noviembre de 2014 y el Oficio N° SCA-DL-3176, de fecha 11 de noviembre de 2014 emanados de la Superintendencia de Cajas de Ahorro ente adscrito al Ministerio del Poder Popular para Economía, Finanzas y Banca Pública de la República Bolivariana de Venezuela”. En dicho fallo esta Sala declaró LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, respecto del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de amparo cautelar. Se remite copia certificada del mencionado fallo.

Se servirán firmar al pie de la presente boleta, con indicación de la fecha en que esta notificación se lleve a cabo.

El Presidente (E),

M.G.R.

La Secretaria (E),

INTIANA L.P.

Firma: ________________

Fecha: ________________

Se anexa lo indicado

Exp. AA70-E-2015-000040

MGR/ilp/mj/dp

Caracas, 17 de marzo de 2016

Oficio Nº 16.213

Ciudadana

IRAIMA OLAIZOLA BLANCO

Superintendenta de Cajas de Ahorro adscrita al Ministerio del Poder Popular para la Banca y Finanzas de la República Bolivariana de Venezuela

Su Despacho

Me dirijo a usted a fin de notificarle que esta Sala Electoral en fecha 24 de febrero de 2016 dictó Sentencia N° 10 en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud cautelar de amparo constitucional por los ciudadanos A.J.V.R., D.A.Q.H. y W.W.G.L., titulares de la cédula de identidad números 10.295.003, 15.584.426 y 19.351.834, respectivamente, actuando con el carácter de Presidente, Secretario del C.d.A. y Secretario del C.d.V. de la CAJA DE AHORROS DE LOS TRABAJADORES DEL INSTITUTO VENEZOLANO DE LOS SEGUROS SOCIALES (CATIVSS), asistidos por el abogado M.J.C.P., inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado N° 131.766, contra “el acta dictada el 10 de noviembre de 2014 y el Oficio N° SCA-DL-3176, de fecha 11 de noviembre de 2014 emanados de la Superintendencia de Cajas de Ahorro ente adscrito al Ministerio del Poder Popular para Economía, Finanzas y Banca Pública de la República Bolivariana de Venezuela”. En dicho fallo esta Sala declaró LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, respecto del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de amparo cautelar. Se remite copia certificada del mencionado fallo.

Atentamente,

M.G.R.

Presidente (E) de la Sala Electoral

Se anexa lo indicado

EXP. Nº AA70-E-2015-000040

MGR/ilp/mj/dp

Caracas, 17 de marzo de 2016

Oficio Nº 16.214

Ciudadana

E.G.

Presidenta de la Comisión Electoral Principal de la Caja De Ahorros de los Trabajadores del Instituto Venezolano de Los Seguros Sociales (CATIVSS) y demás miembros

Su Despacho

Me dirijo a ustedes a fin de notificarles que esta Sala Electoral en fecha 24 de febrero de 2016 dictó Sentencia N° 10 en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud cautelar de amparo constitucional por los ciudadanos A.J.V.R., D.A.Q.H. y W.W.G.L., titulares de la cédula de identidad números 10.295.003, 15.584.426 y 19.351.834, respectivamente, actuando con el carácter de Presidente, Secretario del C.d.A. y Secretario del C.d.V. de la CAJA DE AHORROS DE LOS TRABAJADORES DEL INSTITUTO VENEZOLANO DE LOS SEGUROS SOCIALES (CATIVSS), asistidos por el abogado M.J.C.P., inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado N° 131.766, contra “el acta dictada el 10 de noviembre de 2014 y el Oficio N° SCA-DL-3176, de fecha 11 de noviembre de 2014 emanados de la Superintendencia de Cajas de Ahorro ente adscrito al Ministerio del Poder Popular para Economía, Finanzas y Banca Pública de la República Bolivariana de Venezuela”. En dicho fallo esta Sala declaró LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, respecto del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de amparo cautelar. Se remite copia certificada del mencionado fallo.

Atentamente,

M.G.R.

Presidente (E) de la Sala Electoral

Se anexa lo indicado

EXP. Nº AA70-E-2015-000040

MGR/ilp/mj/dp

Caracas, 17 de marzo de 2016

Oficio Nº 16.215

Ciudadano (a)

Procurador General de la República Bolivariana de Venezuela

Su Despacho

Me dirijo a usted a fin de notificarle que esta Sala Electoral en fecha 24 de febrero de 2016 dictó Sentencia N° 10 en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud cautelar de amparo constitucional por los ciudadanos A.J.V.R., D.A.Q.H. y W.W.G.L., titulares de la cédula de identidad números 10.295.003, 15.584.426 y 19.351.834, respectivamente, actuando con el carácter de Presidente, Secretario del C.d.A. y Secretario del C.d.V. de la CAJA DE AHORROS DE LOS TRABAJADORES DEL INSTITUTO VENEZOLANO DE LOS SEGUROS SOCIALES (CATIVSS), asistidos por el abogado M.J.C.P., inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado N° 131.766, contra “el acta dictada el 10 de noviembre de 2014 y el Oficio N° SCA-DL-3176, de fecha 11 de noviembre de 2014 emanados de la Superintendencia de Cajas de Ahorro ente adscrito al Ministerio del Poder Popular para Economía, Finanzas y Banca Pública de la República Bolivariana de Venezuela”. En dicho fallo esta Sala declaró LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, respecto del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de amparo cautelar. Se remite copia certificada del mencionado fallo.

Atentamente,

M.G.R.

Presidente (E) de la Sala Electoral

Se anexa lo indicado

EXP. Nº AA70-E-2015-000040

MGR/ilp/mj/dp

Caracas, 17 de marzo de 2016

Oficio Nº 16.216

Ciudadana

L.O. DÍAZ

Fiscal General de la República Bolivariana de Venezuela

Su Despacho

Me dirijo a usted a fin de notificarle que esta Sala Electoral en fecha 24 de febrero de 2016 dictó Sentencia N° 10 en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud cautelar de amparo constitucional por los ciudadanos A.J.V.R., D.A.Q.H. y W.W.G.L., titulares de la cédula de identidad números 10.295.003, 15.584.426 y 19.351.834, respectivamente, actuando con el carácter de Presidente, Secretario del C.d.A. y Secretario del C.d.V. de la CAJA DE AHORROS DE LOS TRABAJADORES DEL INSTITUTO VENEZOLANO DE LOS SEGUROS SOCIALES (CATIVSS), asistidos por el abogado M.J.C.P., inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado N° 131.766, contra “el acta dictada el 10 de noviembre de 2014 y el Oficio N° SCA-DL-3176, de fecha 11 de noviembre de 2014 emanados de la Superintendencia de Cajas de Ahorro ente adscrito al Ministerio del Poder Popular para Economía, Finanzas y Banca Pública de la República Bolivariana de Venezuela”. En dicho fallo esta Sala declaró LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, respecto del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de amparo cautelar. Se remite copia certificada del mencionado fallo.

Atentamente,

M.G.R.

Presidente (E) de la Sala Electoral

Se anexa lo indicado

EXP. Nº AA70-E-2015-000040

MGR/ilp/mj/dp

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