Sentencia nº 963 de Tribunal Supremo de Justicia - Juzgado de Sustanciación - Sala Electoral de 23 de Octubre de 2014

Fecha de Resolución23 de Octubre de 2014
EmisorJuzgado de Sustanciación - Sala Electoral
PonenteJuzgado de Sustanciación

SALA ELECTORAL

Caracas, 23 de octubre de 2014

204º y 155º

Vista la Sentencia N° 159 dictada por esta Sala Electoral en fecha 08 de octubre de 2014, mediante la cual se requirió a los ciudadanos A.M., R.F.R. y U.C. (parte recurrente) y DEXISY SILVA y M.R. (parte recurrida), que dentro de los tres (03) días de despacho siguientes a que conste en autos su notificación, consignen ante este órgano jurisdiccional copia certificada del “Reglamento Electoral” y del “Reglamento Interno del Condominio” del Conjunto Residencial Victoria, se acuerda librar boletas de notificación a los prenombrados ciudadanos, así como al Ministerio Público, anexándoles copia certificada de la mencionada sentencia. Líbrese Boletas y Oficio.

El Presidente,

F.R.V.T.

La Secretaria,

P.C.G.

Exp. Nº AA70-E-2013-000030

FRVT/pc

B O L E T A

Caracas, 23 de octubre de 2014

204º y 155º

SE HACE SABER:

A la ciudadana A.M., titular de la cédula de identidad N° 8.533.833, que en fecha 08 de octubre de 2014 la Sala Electoral dictó Sentencia N° 159 en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto por Usted y por los ciudadanos R.R. Y U.C., titulares de la cédula de identidad número 3.143.676 y 784.314 e inscritos en el Inpreabogado bajo los números 37.352 y 46.859, respectivamente, actuando en su “…propio nombre, representación e intereses…”, en su carácter todos de miembros del Conjunto Residencial Victoria, contra los ciudadanos “DEXISY SILVA Y M.R., en su condición la primera como Presidenta de la Junta de Enlace, Áreas Comunes (saliente) del Conjunto Residencial Victoria, este (sic) segundo fungiendo como Vicepresidente cuando este presento (sic) su renuncia al cargo el día 24-11-2011, como consta en auto” (sic), por haber realizado elecciones el veintiuno (21) de febrero de dos mil trece (2013), en violación del reglamento electoral y “…sin la presencia de los Miembros de la Junta Electoral”. En dicho fallo la Sala Electoral requirió a los ciudadanos A.M., R.F.R. y U.C. (parte recurrente) y DEXISY SILVA y M.R. (parte recurrida), que dentro de los tres (03) días de despacho siguientes a que conste en autos su notificación, consignen ante este órgano jurisdiccional copia certificada del “Reglamento Electoral” y del “Reglamento Interno del Condominio” del Conjunto Residencial Victoria. Se remite copia certificada de la mencionada sentencia.

Se servirá firmar al pie de la presente boleta, con indicación de la fecha en que esta notificación se lleve a cabo.

El Presidente,

F.R.V.T.

La Secretaria,

P.C.G.

Firma: ________________

Fecha: ________________

Se anexa lo indicado

Exp. Nº AA70-E-2013-000030

FRVT/pc

B O L E T A

Caracas, 23 de octubre de 2014

204º y 155º

SE HACE SABER:

Al ciudadano U.C., titular de la cédula de identidad N° 784.314, que en fecha 08 de octubre de 2014 la Sala Electoral dictó Sentencia N° 159 en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto por Usted y por los ciudadanos A.M. y R.R., titulares de la cédula de identidad números 8.533.833 y 3.143.676, respectivamente, contra “DEXISY SILVA Y M.R., en su condición la primera como Presidenta de la Junta de Enlace, Áreas Comunes (saliente) del Conjunto Residencial Victoria, este (sic) segundo fungiendo como Vicepresidente cuando este presento (sic) su renuncia al cargo el día 24-11-2011, como consta en auto”, por haber realizado elecciones el 21 de febrero de 2013, en violación del reglamento electoral y “…sin la presencia de los Miembros de la Junta Electoral”. En dicho fallo la Sala Electoral requirió a los ciudadanos A.M., R.F.R. y U.C. (parte recurrente) y DEXISY SILVA y M.R. (parte recurrida), que dentro de los tres (03) días de despacho siguientes a que conste en autos su notificación, consignen ante este órgano jurisdiccional copia certificada del “Reglamento Electoral” y del “Reglamento Interno del Condominio” del Conjunto Residencial Victoria. Se remite copia certificada de la mencionada sentencia.

Se servirá firmar al pie de la presente boleta, con indicación de la fecha en que esta notificación se lleve a cabo.

El Presidente,

F.R.V.T.

La Secretaria,

P.C.G.

Firma: ________________

Fecha: ________________

Se anexa lo indicado

Exp. Nº AA70-E-2013-000030

FRVT/pc

B O L E T A

Caracas, 23 de octubre de 2014

204º y 155º

SE HACE SABER:

Al ciudadano R.R., titular de la cédula de identidad N° 3.143.676, que en fecha 08 de octubre de 2014 la Sala Electoral dictó Sentencia N° 159 en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto por Usted y por los ciudadanos A.M. y U.C., titulares de la cédula de identidad números 8.533.833 y 784.314, respectivamente, contra “DEXISY SILVA Y M.R., en su condición la primera como Presidenta de la Junta de Enlace, Áreas Comunes (saliente) del Conjunto Residencial Victoria, este (sic) segundo fungiendo como Vicepresidente cuando este presento (sic) su renuncia al cargo el día 24-11-2011, como consta en auto”, por haber realizado elecciones el 21 de febrero de 2013, en violación del reglamento electoral y “…sin la presencia de los Miembros de la Junta Electoral”. En dicho fallo la Sala Electoral requirió a los ciudadanos A.M., R.F.R. y U.C. (parte recurrente) y DEXISY SILVA y M.R. (parte recurrida), que dentro de los tres (03) días de despacho siguientes a que conste en autos su notificación, consignen ante este órgano jurisdiccional copia certificada del “Reglamento Electoral” y del “Reglamento Interno del Condominio” del Conjunto Residencial Victoria. Se remite copia certificada de la mencionada sentencia.

Se servirá firmar al pie de la presente boleta, con indicación de la fecha en que esta notificación se lleve a cabo.

El Presidente,

F.R.V.T.

La Secretaria,

P.C.G.

Firma: ________________

Fecha: ________________

Se anexa lo indicado

Exp. Nº AA70-E-2013-000030

FRVT/pc

B O L E T A

Caracas, 23 de octubre de 2014

204º y 155º

SE HACE SABER:

A la ciudadana DEXISY SILVA, titular de la cédula de identidad N° 5.892.224, que en fecha 08 de octubre de 2014 la Sala Electoral dictó Sentencia N° 159 en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto por los ciudadanos A.M., R.R. Y U.C., titulares de la cédula de identidad número 8.533.833, 3.143.676 y 784.314, respectivamente, contra “DEXISY SILVA Y M.R., en su condición la primera como Presidenta de la Junta de Enlace, Áreas Comunes (saliente) del Conjunto Residencial Victoria, este (sic) segundo fungiendo como Vicepresidente cuando este presento (sic) su renuncia al cargo el día 24-11-2011, como consta en auto”, por haber realizado elecciones el 21 de febrero de 2013, en violación del reglamento electoral y “…sin la presencia de los Miembros de la Junta Electoral”. En dicho fallo la Sala Electoral requirió a los ciudadanos A.M., R.F.R. y U.C. (parte recurrente) y DEXISY SILVA y M.R. (parte recurrida), que dentro de los tres (03) días de despacho siguientes a que conste en autos su notificación, consignen ante este órgano jurisdiccional copia certificada del “Reglamento Electoral” y del “Reglamento Interno del Condominio” del Conjunto Residencial Victoria. Se remite copia certificada de la mencionada sentencia.

Se servirá firmar al pie de la presente boleta, con indicación de la fecha en que esta notificación se lleve a cabo.

El Presidente,

F.R.V.T.

La Secretaria,

P.C.G.

Firma: ________________

Fecha: ________________

Se anexa lo indicado

Exp. Nº AA70-E-2013-000030

FRVT/pc

B O L E T A

Caracas, 23 de octubre de 2014

204º y 155º

SE HACE SABER:

Al ciudadano M.R., titular de la cédula de identidad N° 6.022.928, que en fecha 08 de octubre de 2014 la Sala Electoral dictó Sentencia N° 159 en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto por los ciudadanos A.M., R.R. Y U.C., titulares de la cédula de identidad número 8.533.833, 3.143.676 y 784.314, respectivamente, contra “DEXISY SILVA Y M.R., en su condición la primera como Presidenta de la Junta de Enlace, Áreas Comunes (saliente) del Conjunto Residencial Victoria, este (sic) segundo fungiendo como Vicepresidente cuando este presento (sic) su renuncia al cargo el día 24-11-2011, como consta en auto”, por haber realizado elecciones el 21 de febrero de 2013, en violación del reglamento electoral y “…sin la presencia de los Miembros de la Junta Electoral”. En dicho fallo la Sala Electoral requirió a los ciudadanos A.M., R.F.R. y U.C. (parte recurrente) y DEXISY SILVA y M.R. (parte recurrida), que dentro de los tres (03) días de despacho siguientes a que conste en autos su notificación, consignen ante este órgano jurisdiccional copia certificada del “Reglamento Electoral” y del “Reglamento Interno del Condominio” del Conjunto Residencial Victoria. Se remite copia certificada de la mencionada sentencia.

Se servirá firmar al pie de la presente boleta, con indicación de la fecha en que esta notificación se lleve a cabo.

El Presidente,

F.R.V.T.

La Secretaria,

P.C.G.

Firma: ________________

Fecha: ________________

Se anexa lo indicado

Exp. Nº AA70-E-2013-000030

FRVT/pc

Caracas, 23 de octubre de 2014

Oficio Nº 14-574

Ciudadana

L.O. DÍAZ

FISCAL GENERAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

Su Despacho

Me dirijo a usted a fin de notificarle que en fecha 08 de octubre de 2014 la Sala Electoral dictó Sentencia N° 159 en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto por los ciudadanos A.M., R.R. Y U.C., titulares de la cédula de identidad número 8.533.833, 3.143.676 y 784.314, respectivamente, contra “DEXISY SILVA Y M.R., en su condición la primera como Presidenta de la Junta de Enlace, Áreas Comunes (saliente) del Conjunto Residencial Victoria, este (sic) segundo fungiendo como Vicepresidente cuando este presento (sic) su renuncia al cargo el día 24-11-2011, como consta en auto”, por haber realizado elecciones el 21 de febrero de 2013, en violación del reglamento electoral y “…sin la presencia de los Miembros de la Junta Electoral”. En dicho fallo la Sala Electoral requirió a los ciudadanos A.M., R.F.R. y U.C. (parte recurrente) y DEXISY SILVA y M.R. (parte recurrida), que dentro de los tres (03) días de despacho siguientes a que conste en autos su notificación, consignen ante este órgano jurisdiccional copia certificada del “Reglamento Electoral” y del “Reglamento Interno del Condominio” del Conjunto Residencial Victoria. Se remite copia certificada de la mencionada sentencia.

Atentamente,

F.R.V.T.

Presidente de la Sala Electoral

Se anexa lo indicado

EXP. Nº AA70-E-2013-000030

FRVT

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR