Sentencia nº AMP-144 de Tribunal Supremo de Justicia - Sala Político Administrativa de 10 de Octubre de 2007

Fecha de Resolución10 de Octubre de 2007
EmisorSala Político Administrativa
PonenteYolanda Jaimes Guerrero
ProcedimientoAuto para mejor proveer

Caracas, 09 de octubre de 2007

Años 197° y 148°

La Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, por oficio Nº 02/3137 del 3 de julio de 2002, remitió a esta Sala, copias certificadas de las actuaciones relacionadas con el expediente contentivo del recurso contencioso administrativo de nulidad ejercido conjuntamente con acción de amparo constitucional, por los abogados L.J.D.O., L.P.M.G., A.B., A.R.P., Sacha F.C., L.C.G.G., R.S.M., R.J.C., R.S.R., Ara zulis Espejo Sánchez y R.C., Directora General de los Servicios Jurídicos la primera, Directora de Recursos la segunda y Abogados Defensores adscritos a la referida Dirección de la Defensoría del Pueblo los demás, actuando todos por delegación del ciudadano G.M.H., en su condición de DEFENSOR DEL PUEBLO, en representación de los ciudadanos J.H. LÁREZ HERNÁNDEZ, HEBER BRICEÑO, WILFREDO DÍAZ, ARISTÓBULO ASTORGA, AMARILIS DE ASTORGA, P.S., M.S.D.R., F.R., M.G.T., C.R.A. y N.R.G., titulares de las cédulas de identidad números 6.274.675, 2.981.091, 4.561.391, 652.391, 797.054, 54.472, 4.250.409, 2.157.225, 12.066.871 y 6.140.302 respectivamente, contra “...los actos administrativos de autoridad fechados los días 7, 8 y 11 de febrero, 5 y 11 de mayo, todos del año 2000 dictados por el holding conformado por las empresas C.A. LUZ ELÉCTRICA DE VENEZUELA, C.A. LA ELECTRICIDAD DE CARACAS Y ADMINISTRADORA SERDECO, C.A...”

Dicha remisión fu efectuada en virtud de la apelación interpuesta por el apoderado judicial de las sociedades mercantiles indicadas supra, contra la sentencia dictada por la referida Corte en fecha 3 de abril de 2002, mediante la cual confirmó la medida de amparo cautelar acordada en sentencia de fecha 6 de julio de 2001.

El 11 de julio de 2002, se dio cuenta en Sala y se designó ponente a la Magistrada Y.J.G., a los fines de decidir la apelación interpuesta.

Por auto del 2 de marzo de 2004, se acordó solicitar a la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, información sobre el estado del recurso contenido en el expediente N° 01-25169 para lo cual la Sala otorgó un lapso de seis (6) días de despacho, contados a partir de la notificación del auto.

Practicada la notificación antes referida, la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo mediante oficio N° 2004/397 de fecha 11 de noviembre de 2004, suministró la información solicitada.

En fecha 11 de enero de 2007, la Magistrada E.M.O. se inhibió, por estar incursa en la causal de inhibición contenida en el numeral 15 del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil.

El 14 de febrero de 2007, se declaró procedente la inhibición propuesta y se ordenó la convocatoria del respectivo suplente o conjuez. Por auto de fecha 9 de agosto de 2007, se constituyó la Sala Accidental, quedando integrada de la siguiente forma: Presidenta: Magistrada Y.J.G.; Vicepresidente: Magistrado L.I. Zerpa, Magistrados: Hadel Mostafá Paolini, E.G.R.; Conjueza: M.L. Acuña López.

Pasa la Sala a pronunciarse en los siguientes términos:

Visto que la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo informó mediante oficio de fecha 11 de noviembre de 2004 a esta Sala, que la causa principal se encontraba en estado de sentencia desde el día 10 de diciembre de 2002, fecha en la cual se dictó un auto diciendo “Vistos”, la Sala considera pertinente, a objeto de dictar la decisión correspondiente y dado el tiempo transcurrido desde la referida actuación, oficiar nuevamente a la mencionada Corte, de conformidad con lo dispuesto en el aparte 13 del artículo 21 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela, para que informe a esta Sala el estado en que se encuentra la causa principal, para lo cual se le concede el lapso de diez (10) días de despacho contados a partir de su notificación.

Publíquese, regístrese y notifíquese. Cúmplase lo ordenado.

La Presidenta - Ponente

Y.J.G.

El Vicepresidente

L.I. ZERPA

Los Magistrados,

HADEL MOSTAFÁ PAOLINI

E.G.R.

M.L. ACUÑA LÓPEZ

Conjueza,

La Secretaria,

S.Y.G.

En diez (10) de octubre del año dos mil siete, se publicó y registró el anterior auto para mejor proveer bajo el Nº 144.

La Secretaria,

S.Y.G.

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